Índice Real Decreto Ley 4/2004, de 5 de marzo, impuesto de sociedades

Normativa

REAL DECRETO LEGISLATIVO 4/2004, de 5 de marzo,
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.

FICHA NORMATIVA
Fecha de Publicación:11/03/2004
Entrada en vigor:12/03/2004, con la salvedad indicada, el 12 de marzo de 2004.
Normas complementarias:Ley 27/2014 de 27 de Noviembre
Última modificación:01/01/2015
Estado:DEROGADA

Redacción válida hasta 31-12-14, según Ley 27/2014, de 27 de noviembre.

Exposición de motivos

TITULO I. Naturaleza y ámbito de aplicación del impuesto.


Artículo 1. Naturaleza.
Artículo 2. Ámbito de aplicación espacial.
Artículo 3. Tratados y convenios.

TITULO II. El hecho imponible.


Artículo 4. Hecho imponible.
Artículo 5. Estimación de rentas.
Artículo 6. Atribución de rentas.

TITULO III. El sujeto pasivo.


Artículo 7. Sujetos pasivos.
Artículo 8. Residencia y domicilio fiscal.
Artículo 9. Exenciones.

TITULO IV. La base imponible.


Artículo 10. Concepto y determinación de la base imponible.
Artículo 11. Correcciones de valor: amortizaciones.
Artículo 12. Correcciones de valor: pérdidas valor elementos patrimoniales.
Artículo 13. Provisión para riesgos y gastos.
Artículo 14. Gastos no deducibles.
Artículo 15. Reglas de valoración: regla general y especiales en los supuestos de transmisiones lucrativas y societarias.
Artículo 16. Reglas de valoración: operaciones vinculadas.
Artículo 17. Reglas de valoración: cambios de residencia, cese de establecimientos permanentes,operaciones realizadas con o por personas o entidades residentes en paraísos fiscales y cantidades sujetas a retención.
Artículo 18. Efectos de la sustitución del valor contable por el valor normal de mercado.
Artículo 19. Imputación temporal. Inscripción contable de ingresos y gastos.
Artículo 20. Limitación en la deducibilidad de gastos financieros.
Artículo 21. Exención para evitar la doble imposición económica internacional sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español.
Artículo 22. Exención de determinadas rentas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente.
Artículo 23. Reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles.
Artículo 24. Obra benéfico-social de las Cajas de Ahorro.
Artículo 25. Compensación de bases imponibles negativas.

TITULO V. Período impositivo y devengo del impuesto.


Artículo 26. Período impositivo.
Artículo 27. Devengo del impuesto.

TITULO VI. Deuda tributaria.


Capítulo I. Tipo de gravamen y cuota íntegra.
Artículo 28. El tipo de gravamen.
Artículo 29. Cuota íntegra.
Capítulo II. Deducciones para evitar la doble imposición.
Artículo 30. Deducción para evitar la doble imposición interna: Dividendos y participaciones en beneficios.
Artículo 31. Deducción para evitar la doble imposición internacional:Impuesto soportado por el sujeto pasivo.
Artículo 32. Deducción para evitar la doble imposición internacional: Dividendos y participaciones en beneficios.
Capítulo III. Bonificaciones.
Artículo 33. Bonificación por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla
Artículo 34. Bonificación por actividades exportadoras y de prestación de servicios públicos locales.
Capítulo IV. Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades.
Artículo 35. Deducción por la realización de actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica
Artículo 36. Deducción para el fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación.
Artículo 37. Deducción por inversión de beneficios.
Artículo 38. Deducción por inversiones en bienes de interés cultural, producciones cinematográficas, edición de libros, sistema de navegación y localización de vehículos, adaptación de vehículos para discapacitados y guarderías para hijos de trabajadores.
Artículo 39. Deducciones por inversiones medioambientales.
Artículo 40. Deducción por gastos de formación profesional.
Artículo 41. Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad.
Artículo 42. Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.
Artículo 43. Deducción por creación de empleo.
Artículo 44. Normas comunes a las deducciones previstas en el presente capítulo.
Capítulo V. Pago fraccionado.
Artículo 45. El pago fraccionado.
Capítulo VI. Deducción de los pagos a cuenta.
Artículo 46. Deducción de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados.

TITULO VII. Regímenes tributarios especiales.


Capítulo I.
Artículo 47. Definición.
Capítulo II. Agrupaciones de interés económico españolas y europeas, y de uniones temporales de empresas.
Artículo 48. Agrupación de interés económico española.
Artículo 49. Agrupación de interés económico.
Artículo 50. Uniones temporales de Empresas.
Artículo 51. Criterios de Imputación
Artículo 52. Identificación de socios o empresas miembros.
Capítulo III. Entidades dedicadas al Arrendamiento de Viviendas
Artículo 53 .Ámbito de aplicación.
Artículo 54 .Bonificaciones
Capítulo IV. Sociedades y fondos de capital riesgo y sociedades de desarrollo industrial regional.
Artículo 55. Sociedades y fondos de capital-riesgo.
Artículo 56. Sociedades de desarrollo industrial regional.
Capítulo V. Instituciones de inversión colectiva (IIC).
Artículo 57. Tributación de las IIC.
Artículo 58. Tributación de los socios o partícipes de IIC.
Artículo 59. Rentas contabilizadas de las acciones o participaciones de las IIC.
Artículo 60. Tributación de los socios o partícipes de las IIC constituidas en países o territorios calificados reglamentariamente como paraísos fiscales.
Capítulo VI. Sociedades patrimoniales.
Artículo 61. Régimen de sociedades patrimoniales.
Artículo 62. Distribución de beneficios obtenidos en ejercicios en los que haya sido de aplicación el régimen de sociedades patrimoniales y transmisión de acciones o participaciones en sociedades que hayan estado sometidas al régimen de sociedades patrimoniales.
Artículo 63. Identificación de partícipes.
Capítulo VII. Régimen de Consolidación Fiscal.
Artículo 64. Definición.
Artículo 65. Sujeto pasivo.
Artículo 66. Responsabilidades tributarias derivadas de la aplicación del régimen de Consolidación Fiscal.
Artículo 67. Definición del grupo fiscal. Sociedad dominante. Sociedades dependientes.
Artículo 68. Inclusión o exclusión de sociedades en el grupo fiscal.
Artículo 69. Determinación del dominio indirecto.
Artículo 70. Aplicación régimen de Consolidación Fiscal.
Artículo 71. Determinación de la base imponible del grupo fiscal.
Artículo 72. Eliminaciones.
Artículo 73. Incorporaciones.
Artículo 74. Compensación de bases imponibles negativas.
Artículo 75. Reinversión.
Artículo 76. Período impositivo.
Artículo 77. Cuota íntegra del grupo fiscal.
Artículo 78. Deducciones y bonificaciones de la cuota íntegra del grupo fiscal.
Artículo 79. Obligaciones de información.
Artículo 80. Causas determinantes de la pérdida del régimen de consolidación fiscal.
Artículo 81. Efectos de la pérdida del régimen de declaración consolidada y de la extinción del grupo fiscal.
Artículo 82. Declaración y autoliquidación del grupo fiscal.
Capítulo VIII. Régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea.
Artículo 83. Definiciones.
Artículo 84. Régimen de las rentas derivadas de la transmisión.
Artículo 85. Valoración fiscal de los bienes adquiridos.
Artículo 86. Valoración fiscal de las acciones recibidas en contraprestación de la aportación.
Artículo 87. Régimen fiscal del canje de valores.
Artículo 88. Tributación de los socios en las operaciones de fusión, absorción y escisión total o parcial.
Artículo 89. Participaciones en el capital de la entidad transmitente y de la entidad adquirente.
Artículo 90. Subrogación en los derechos y obligaciones tributarias.
Artículo 91. Imputación de rentas.
Artículo 92. Pérdidas de los establecimientos permanentes.
Artículo 93. Obligaciones contables.
Artículo 94. Aportaciones no dinerarias especiales.
Artículo 95. Normas para evitar la doble imposición.
Artículo 96. Aplicación del régimen fiscal.
Capítulo IX. Régimen fiscal de la minería.
Artículo 97. Entidades mineras: libertad de amortización.
Artículo 98. Factor de agotamiento: ámbito de aplicación y modalidades.
Artículo 99. Factor de agotamiento: inversión.
Artículo 100. Factor de agotamiento: requisitos.
Artículo 101. Factor de agotamiento: incumplimiento requisitos.
Capítulo X. Régimen fiscal de la investigación y explotación de hidrocarburos.
Artículo 102. Exploración, investigación y explotación de hidrocarburos: factor de agotamiento.
Artículo 103. Factor de agotamiento: requisitos.
Artículo 104. Factor de agotamiento: incumplimiento requisitos.
Artículo 105. Titularidad compartida.
Artículo 106. Amortización de inversiones inmateriales y gastos de investigación. Compensación de bases imponibles negativas.
Capítulo XI. Transparencia fiscal internacional.
Artículo 107. Inclusión en la base imponible de determinadas rentas positivas obtenidas por entidades no residentes.
Capítulo XII. Incentivos fiscales para las empresas de reducida dimensión (PYMES).
Artículo 108. Ambito de aplicación, cifra de negocios.
Artículo 109. Libertad de amortización.
Artículo 110. Libertad de amortización para inversiones de escaso valor.
Artículo 111. Amortización de inmovilizado material nuevo.
Artículo 112. Dotación por posibles insolvencias de deudores.
Artículo 113. Amortización de elementos patrimoniales objeto de reinversión.
Artículo 114. Tipo de gravamen.
Capítulo XIII. Régimen fiscal de determinados contratos de arrendamiento financiero (Leasing).
Artículo 115. Contratos de arrendamiento financiero.
Capítulo XIV. Régimen de las entidades de tenencia de valores extranjeros (Sociedades Holding españolas).
Artículo 116. Entidades de tenencia de valores extranjeros.
Artículo 117. Rentas derivadas de la tenencia de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español.
Artículo 118. Distribución de beneficios. Transmisión de la participación.
Artículo 119. Aplicación de este régimen.
Capítulo XV. Régimen de entidades parcialmente exentas.
Artículo 120. Ambito de aplicación.
Artículo 121. Rentas exentas.
Artículo 122. Determinación de la base imponible.
Capítulo XVI. Régimen de las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
Artículo 123. Régimen de las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
Capítulo XVII. Régimen de Tributación de las Entidades Navieras en función del Tonelaje.
Artículo 124. Ámbito de aplicación.
Artículo 125. Determinación de la base imponible por el método de estimación objetiva.
Artículo 126. Tipo de gravamen y cuota.
Artículo 127. Pagos fraccionados.
Artículo 128. Aplicación del régimen.
Capítulo XVIII. Régimen de entidades deportivas.
Artículo 129. Régimen de entidades deportivas.

TITULO VIII. Gestión del Impuesto.


Capítulo I. El índice de entidades.
Artículo 130. Indice de entidades.
Artículo 131. Baja en el índice de entidades.
Artículo 132. Obligación de colaboración.
Capítulo II. Obligaciones contables. Bienes y derechos no contabilizados. Revalorizaciones voluntarias.
Artículo 133. Obligaciones contables. Facultades de la Administ.
Artículo 134. Bienes y derechos no contabilizados o no declarados: presunción de obtención de rentas.
Artículo 135. Revalorizaciones contables voluntarias.
Capítulo III. Declaración autoliquidación y liquidación provisional.
Artículo 136. Declaraciones.
Artículo 137. Autoliquidación.
Artículo 138. Liquidación provisional.
Capítulo IV. Devolución de oficio.
Artículo 139. Devolución de oficio.
Capítulo V. Obligación de retener e ingresar a cuenta. Obligaciones en relación al domicilio fiscal.
Artículo 140. Retenciones e ingresos a cuenta.
Artículo 141. Normas sobre retención, transmisión y obligaciones formales relativas a activos financieros y otros valores mobiliarios.
Artículo 142. Obligaciones de los sujetos pasivos en relación al domicilio fiscal.
Capítulo VI. Facultades de la Administración para determinar la base imponible.
Artículo 143. Facultades de la Administración para determinar la base imponible.

TITULO IX. Orden jurisdiccional.


Artículo 144. Orden jurisdiccional.

Disposiciones Adicionales.


Disposición adicional 1 ª Restricciones a la deducción por doble imposición de dividendos.
Disposición adicional 2 ª Referencias a la Ley 29/1991, de 16 de diciembre, de adecuación de determinados conceptos impositivos a las directivas y reglamentos de las Comunidades Europeas contenidas en distintas disposiciones. Régimen del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana en determinadas operaciones.
Disposición adicional 3 ª Subvenciones de la política agraria y pesquera comunitaria y ayudas públicas.
Disposición adicional 4 ª Beneficios fiscales de la reconversión y reindustrialización.
Disposición adicional 5 ª Incentivos fiscales para la renovación de la flota mercante.
Disposición adicional 6 ª Incidencia de la reserva para inversiones en Canarias en el cálculo de los pagos fraccionados.
Disposición adicional 7 ª Coeficientes de amortización aplicables a las adquisiciones de activos realizadas entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2004.
Disposición adicional 8 ª Tipo de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades.
Disposición adicional 9 ª Reducción de la bonificación de actividades exportadoras.
Disposición adicional 10 ª Reducción de las deducciones en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades para incentivar la realización de determinadas actividades.
Disposición adicional 11 ª Libertad de amortización en elementos de activo material fijo.
Disposición adicional 12 ª Tipo de gravamen reducido en el Impuesto sobre Sociedades por mantenimiento o creación de empleo.
Disposición adicional 13ª. Remisiones normativas.
Disposición adicional 14ª. Porcentajes de retención e ingreso a cuenta en los ejercicios 2012 y 2013.
Disposición adicional 15ª. Gravamen especial sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español.
Disposición adicional 16ª. Exención de rentas derivadas de la transmisión de determinados inmuebles.
Disposición adicional 17ª. Gravamen especial sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español no incluidos en la disposición adicional decimoquinta de esta Ley.
Disposición adicional 18ª. Régimen fiscal especial aplicable a las operaciones de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
Disposición adicional 19ª. Entidades de nueva creación.
Disposición adicional 20ª. Efectos en los pagos fraccionados de las modificaciones establecidas en la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.
Disposición adicional 21ª. Reglas especiales de consolidación fiscal en el supuesto de aplicación del apartado 13 del artículo 19 de esta Ley.
Disposición adicional 22ª. Conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria

Disposiciones Transitorias


Disposición transitoria 1ª Regularización de ajustes extracontables.
Disposición transitoria 2ª Régimen fiscal de la investigación y explotación de hidrocarburos y de fomento de la minería.
Disposición transitoria 3ª Reinversión de beneficios extraordinarios.
Disposición transitoria 4ª Beneficios fiscales de la reconversión y reindustrialización.
Disposición transitoria 5ª Beneficios fiscales de la Ley 12/1988, de 25 de mayo, la Ley 5/1990, de 29 de junio, y la Ley 30/1990, de 27 de diciembre.
Disposición transitoria 6ª Arrendamiento financiero.
Disposición transitoria 7ª Fondos de comercio, marcas, derechos de traspaso y otros elementos del inmovilizado inmaterial adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. Efectos de la diferencia entre el precio de adquisición de la participación y su valor teórico en las operaciones realizadas por el régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores.
Disposición transitoria 8ª Deducciones pendientes de aplicar en el Impuesto sobre Sociedades.
Disposición transitoria 9ª Bases imponibles negativas pendientes de compensar en el Impuesto sobre Sociedades.
Disposición transitoria 10ª Saldos de la provisión para insolvencias amparada en el artículo 82 del Real Decreto 2631/1982, de 15 de octubre.
Disposición transitoria 11ª Régimen transitorio de los beneficios sobre operaciones financieras.
Disposición transitoria 12ª Valor fiscal de las participaciones de las instituciones de inversión colectiva.
Disposición transitoria 13ª Cuentas de actualización.
Disposición transitoria 14ª Régimen transitorio para la intensificación de la competencia.
Disposición transitoria 15ª Sociedades transparentes.
Disposición transitoria 16ª Disolución y liquidación de sociedades transparentes.
Disposición transitoria 17ª Régimen transitorio de la deducción para evitar la doble imposición interna de dividendos en el Impuesto sobre Sociedades.
Disposición transitoria 18ª Aplicación del apartado 11 del artículo 115 de esta ley a los activos cuyo período de construcción haya finalizado con anterioridad al 31 de diciembre de 2002.
Disposición transitoria 19ª Régimen transitorio en el Impuesto sobre Sociedades de la deducción por inversiones para la implantación de empresas en el extranjero.
Disposición transitoria 20ª Régimen transitorio en el Impuesto sobre Sociedades de las deducciones para evitar la doble imposición.
Disposición transitoria 21ª Régimen transitorio en el Impuesto sobre Sociedades de las deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades pendientes de practicar.
Disposición transitoria 22ª Régimen transitorio de las sociedades patrimoniales. Tributación por el régimen general.
Disposición transitoria 23ª Régimen transitorio de la bonificación por actividades exportadoras.
Disposición transitoria 24ª Disolución y liquidación de sociedades patrimoniales.
Disposición transitoria 25ª Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.
Disposición transitoria 26ª Régimen fiscal de los ajustes contables por la primera aplicación del Plan General de Contabilidad.
Disposición transitoria 27ª Régimen fiscal de los ajustes contables por la primera aplicación de las nuevas normas contables de las entidades aseguradoras.
Disposición transitoria 28ª Integración; en la base imponible de los ajustes contables por la primera aplicación del Plan General de Contabilidad.
Disposición transitoria 29ª Cálculo; para el período impositivo 2008 de las correciones de valor de participaciones en el capital de otras entidades.
Disposición transitoria 30ª Importe anual de las cuotas de arrendamiento financiero correspondiente a la recuperación del coste del bien.
Disposición transitoria 31ª Deterioro de instrumentos de deuda de los fondos de titulización.
Disposición transitoria 32ª Comunicación de modificaciones en la composición de los grupos fiscales.
Disposición transitoria 33ª Régimen de consolidación fiscal de los grupos formados por entidades de crédito integrantes de un sistema institucional de protección y de los grupos resultantes del ejercicio indirecto de la actividad financiera de las cajas de ahorros.
Disposición transitoria 34ª Régimen fiscal en el ejercicio 2010 de las entidades de crédito integrantes de un sistema institucional de protección.
Disposición transitoria 35ª. Bases imponibles negativas pendientes de compensar.
Disposición transitoria 36ª. Deducciones pendientes de aplicar.
Disposición transitoria 37ª. Libertad de amortización pendiente de aplicar
Disposición transitoria 38ª. Gastos derivados de relaciones laborales o mercantiles extinguidas con anterioridad a 1 de enero de 2013.
Disposición transitoria 39ª. Régimen fiscal de determinados contratos de arrendamiento financiero
Disposición transitoria 40ª. Régimen transitorio de la reducción de ingresos procedentes de determinados activos intangibles.
Disposición transitoria 41ª. Régimen transitorio aplicable a las pérdidas por deterioro de los valores representativos de la participación en el capital o en los fondos propios de entidades, y a las rentas negativas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente, generadas en períodos impositivos iniciados con anterioridad a 1 de enero de 2013.
Disposición transitoria 42ª. Aplicación de la Decisión de la Comisión Europea de 17 de julio de 2013, relativa al régimen fiscal aplicable a determinados acuerdos de arrendamiento financiero.
Disposición transitoria 43ª. Régimen transitorio aplicable a las entidades dependientes de una Caja de Ahorros o fundación bancaria.

Disposición Derogatoria Unica


Disposición Derogatoria Única Derogación normativa.

Disposiciones Finales


Disposición final 1ª Entidades acogidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Disposición final 2ª Entidades acogidas a la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de Cooperativas.
Disposición final 3ª Habilitaciones a la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Disposición final 4ª Habilitación normativa.

Siguiente: Inversión en activos fijos en Canarias.

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