Artículo 46 RDL 4/2004 Impuesto sobre Sociedades

Normativa
Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Artículo 46. Deducción de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados.



Redacción válida hasta 31-12-14, según Ley 27/2014, de 27 de noviembre.

    Serán deducibles de la cuota íntegra:

    a) Las retenciones a cuenta.
    b) Los ingresos a cuenta.
    c) Los pagos fraccionados.

    Cuando dichos conceptos superen la cantidad resultante de practicar en la cuota íntegra del Impuesto las deducciones a que se refieren los capítulos II, III y IV de este título, la Administración tributaria procederá a devolver, de oficio, el exceso.

Legislación



- Equivalencia con Ley 27/2014 LIS artículo 41 Ley 27/2014.

Jurisprudencia



- Resolución 51/00638/2015 TEAR Murcia. Pago del exceso de retenciones practicadas en cuota resultante.


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