D.T. 25ª. RDL 4/2004, Impuesto sobre Sociedades

Normativa
Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.


Disposición transitoria vigésimo quinta.
Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.



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Redacción válida hasta 31-12-14, según Ley 27/2014, de 27 de noviembre.
    Lo dispuesto en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 42 de esta Ley no será de aplicación a las reinversiones realizadas en los períodos impositivos iniciados dentro de 2007, cualquiera que sea el período impositivo en el que se practique la corrección de valor.

NOTA: Redacción dada por Ley 16/2007, de 4 de julio.

Siguiente: Artículo 21. RD 1776/2004, Reglamento del Impuesto sobre la Renta de No Residentes

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