Artículo 77 RDL 4/2004 Impuesto sobre Sociedades

Normativa
Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Artículo 77. Cuota íntegra del grupo fiscal.



Redacción válida hasta 31-12-14, según Ley 27/2014, de 27 de noviembre.

    Se entenderá por cuota íntegra del grupo fiscal la cuantía resultante de aplicar el tipo de gravamen de la sociedad dominante a la base imponible del grupo fiscal.

Legislación



- Equivalencia con Ley 27/2014 LIS artículo 70 Ley 27/2014.

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