LEY 27/2014, de 27 de Noviembre, DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
FICHA NORMATIVA | |
Fecha de Publicación: | 28/11/2014 |
Entrada en vigor: | 01/01/2015 |
Normas complementarias: | RD 634/2015 RIS Ley anterior |
Última modificación: | Ley 6/2018 de 03/07/2018 |
Estado: | VIGENTE |
TÍTULO I: Naturaleza y ámbito de aplicación del Impuesto.
Artículo 1. Naturaleza.Artículo 2. Ámbito de aplicación espacial.Artículo 3. Tratados y convenios.TÍTULO II: El hecho imponible.
Artículo 4. Hecho imponible.Artículo 5. Concepto de actividad económica y entidad patrimonial.Artículo 6. Atribución de rentas.TÍTULO III: Contribuyentes.
Artículo 7. Contribuyentes.Artículo 8. Residencia y domicilio fiscal.Artículo 9. Exenciones.TÍTULO IV: La base imponible.
CAPÍTULO I. Concepto y determinación de la base imponible. Reglas de imputación temporal.
Artículo 10. Concepto y determinación de la base imponible.Artículo 11. Imputación temporal. Inscripción contable de ingresos y gastos.CAPÍTULO II. Limitación a la deducibilidad de gastos.
Artículo 12. Correcciones de valor: amortizaciones.Artículo 13. Correcciones de valor: pérdida por deterioro del valor de los elementos patrimoniales.Artículo 14. Provisiones y otros gastos.Artículo 15. Gastos no deducibles.Artículo 15.bis Asimetrías híbridas.Artículo 16. Limitación en la deducibilidad de gastos financieros.CAPÍTULO III. Reglas de valoración.
Artículo 17. Regla general y reglas especiales de valoración en los supuestos de transmisiones lucrativas y societarias.Artículo 18. Operaciones vinculadas.Artículo 19. Cambios de residencia, operaciones realizadas con o por personas o entidades residentes en paraísos fiscales y cantidades sujetas a retención. Reglas especiales.Artículo 20. Efectos de la valoración contable diferente a la fiscal.CAPÍTULO IV. Exención para eliminar la doble imposición. Valores representativos de los fondos propios de entidades y establecimientos permanentes.
Artículo 21. Exención sobre dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes en territorio español.Artículo 22. Exención de las rentas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente.CAPÍTULO V. Reducciones en la base imponible.
Artículo 23. Reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles.Artículo 24. Obra benéfico-social de las cajas de ahorro y fundaciones bancarias.Artículo 25. Reserva de capitalización.Artículo 26. Compensación de bases imponibles negativas.TÍTULO V: Período impositivo y devengo del impuesto.
Artículo 27. Período impositivo.Artículo 28. Devengo del impuesto.TÍTULO VI: Deuda tributaria.
CAPÍTULO I. Tipo de gravamen y cuota integra.
Artículo 29. El tipo de gravamen.Artículo 30. Cuota íntegra y cuota líquida.Artículo 30.bis Tributación mínima.CAPÍTULO II. Deducciones para evitar la doble imposición internacional.
Artículo 31. Deducción para evitar la doble imposición jurídica: impuesto soportado por el contribuyente.Artículo 32. Deducción para evitar la doble imposición económica internacional: dividendos y participaciones en beneficios.CAPÍTULO III. Bonificaciones.
Artículo 33. Bonificación por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.Artículo 34. Bonificación por prestación de servicios públicos locales.CAPÍTULO IV. Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades.
Artículo 35. Deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.Artículo 36. Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.Artículo 37. Deducciones por creación de empleo.Artículo 38. Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad.Artículo 38.bis Deducción por inversiones realizadas por las autoridades portuarias.Artículo 39. Normas comunes a las deducciones previstas en este capítulo.CAPÍTULO V. Pago fraccionado.
Artículo 40. El pago fraccionado.CAPÍTULO VI. Deducción de los pagos a cuenta.
Artículo 41. Deducción de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados.TÍTULO VII: Regímenes tributarios especiales.
CAPÍTULO I. Definición y reglas de aplicación de los regímenes tributarios especiales.
Artículo 42. Definición y reglas de aplicación.CAPÍTULO II. Agrupaciones de interés económico, españolas y europeas, y de uniones temporales de empresas.
Artículo 43. Agrupaciones de interés económico españolas.Artículo 44. Agrupaciones europeas de interés económico.Artículo 45. Uniones temporales de empresas.Artículo 46. Criterios de imputación.Artículo 47. Identificación de socios o empresas miembros.CAPÍTULO III. Entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda.
Artículo 48. Ámbito de aplicación.Artículo 49. Bonificaciones.CAPÍTULO IV. Sociedades y fondos de capital-riesgo y sociedades de desarrollo industrial regional.
Artículo 50. Entidades de capital-riesgo y sus socios.Artículo 51. Socios de las sociedades de desarrollo industrial regional.CAPÍTULO V. Instituciones de Inversión Colectiva.
Artículo 52. Tributación de las Instituciones de Inversión Colectiva.Artículo 53. Tributación de los socios o partícipes de las Instituciones de Inversión Colectiva.Artículo 54. Tributación de los socios o partícipes de las Instituciones de Inversión Colectiva constituidas en países o territorios calificados como paraísos fiscales.CAPÍTULO VI. Régimen de consolidación fiscal.
Artículo 55. Definición.Artículo 56. Contribuyente.Artículo 57. Responsabilidades tributarias derivadas de la aplicación del régimen de consolidación fiscal.Artículo 58. Definición del grupo fiscal. Entidad dominante. Entidades dependientes.Artículo 59. Inclusión o exclusión de entidades en el grupo fiscal.Artículo 60. Determinación del dominio y de los derechos de voto en las participaciones indirectas.Artículo 61. Aplicación del régimen de consolidación fiscal.Artículo 62. Determinación de la base imponible del grupo fiscal.Artículo 63. Reglas especiales aplicables en la determinación de las bases imponibles individuales de las entidades integrantes del grupo fiscal.Artículo 64. Eliminaciones.Artículo 65. Incorporaciones.Artículo 66. Compensación de bases imponibles negativas.Artículo 67. Reglas especiales de incorporación de entidades en el grupo fiscal.Artículo 68. Período impositivo.Artículo 69. Tipo de gravamen del grupo fiscal.Artículo 70. Cuota íntegra del grupo fiscal.Artículo 71. Deducciones y bonificaciones de la cuota íntegra del grupo fiscal.Artículo 72. Obligaciones de información.Artículo 73. Causas determinantes de la pérdida del régimen de consolidación fiscal.Artículo 74. Efectos de la pérdida del régimen de consolidación fiscal o de la extinción del grupo fiscal.Artículo 75. Declaración y autoliquidación del grupo fiscal.CAPÍTULO VII. Régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea.
Artículo 76. Definiciones.Artículo 77. Régimen de las rentas derivadas de la transmisión.Artículo 78. Valoración fiscal de los bienes adquiridos.Artículo 79. Valoración fiscal de las acciones o participaciones recibidas en contraprestación de la aportación.Artículo 80. Régimen fiscal del canje de valores.Artículo 81. Tributación de los socios en las operaciones de fusión y escisión.Artículo 82. Participaciones en el capital de la entidad transmitente y de la entidad adquirente.Artículo 83. Limitación en la deducción de gastos financieros destinados a la adquisición de participaciones en el capital o en los fondos propios de entidades.Artículo 84. Subrogación en los derechos y las obligaciones tributarias.Artículo 85. Pérdidas de los establecimientos permanentes.Artículo 86. Obligaciones contables.Artículo 87. Aportaciones no dinerarias.Artículo 88. Normas para evitar la doble imposición.Artículo 89. Aplicación del régimen fiscal.CAPÍTULO VIII. Régimen fiscal de la minería.
Artículo 90. Entidades mineras: libertad de amortización.Artículo 91. Factor de agotamiento: ámbito de aplicación y modalidades.Artículo 92. Factor de agotamiento: inversión.Artículo 93. Factor de agotamiento: requisitos.Artículo 94. Factor de agotamiento: incumplimiento de requisitos.CAPÍTULO IX. Régimen fiscal de la investigación y explotación de hidrocarburos.
Artículo 95. Exploración, investigación y explotación de hidrocarburos: factor de agotamiento.Artículo 96. Factor de agotamiento: requisitos.Artículo 97. Factor de agotamiento: incumplimiento de requisitos.Artículo 98. Titularidad compartida.Artículo 99. Amortización de inversiones intangibles y gastos de investigación. Compensación de bases imponibles negativas.CAPÍTULO X. Transparencia fiscal internacional.
Artículo 100. Imputación de rentas positivas obtenidas por entidades no residentes y establecimientos permanentes.CAPÍTULO XI. Incentivos fiscales para las entidades de reducida dimensión.
Artículo 101. Ámbito de aplicación. Cifra de negocios.Artículo 102. Libertad de amortización.Artículo 103. Amortización de los elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias y del inmovilizado intangible.Artículo 104. Pérdidas por deterioro de los créditos por posibles insolvencias de deudores.Artículo 105. Reserva de nivelación de bases imponibles.CAPÍTULO XII. Régimen fiscal de determinados contratos de arrendamiento financiero.
Artículo 106. Contratos de arrendamiento financiero.CAPÍTULO XIII. Régimen de las entidades de tenencia de valores extranjeros.
Artículo 107. Entidades de tenencia de valores extranjeros.Artículo 108. Distribución de beneficios. Transmisión de la participación.CAPÍTULO XIV. Régimen de entidades parcialmente exentas.
Artículo 109. Ámbito de aplicación.Artículo 110. Rentas exentas.Artículo 111. Determinación de la base imponible.CAPÍTULO XV. Régimen de las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
Artículo 112. Régimen de las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.CAPÍTULO XVI. Régimen de las entidades navieras en función del tonelaje.
Artículo 113. Ámbito de aplicación.Artículo 114. Determinación de la base imponible por el método de estimación objetiva.Artículo 115. Tipo de gravamen y cuota.Artículo 116. Pagos fraccionados.Artículo 117. Aplicación del régimen.TÍTULO VIII: Gestión del Impuesto.
CAPÍTULO I. El índice de entidades.
Artículo 118. Índice de entidades.Artículo 119. Baja en el índice de entidades.CAPÍTULO II. Obligaciones contables. Bienes y derechos no contabilizados. Revalorizaciones voluntarias. Estimación de rentas en el método de estimación indirecta.
Artículo 120. Obligaciones contables. Facultades de la Administración tributaria.Artículo 121. Bienes y derechos no contabilizados o no declarados: presunción de obtención de rentas.Artículo 122. Revalorizaciones contables voluntarias.Artículo 123. Estimación de rentas en el método de estimación indirecta.CAPÍTULO III. Declaración, autoliquidación y liquidación provisional.
Artículo 124. Declaraciones.Artículo 125. Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria.Artículo 126. Liquidación provisional.CAPÍTULO IV. Devolución.
Artículo 127. Devolución.CAPÍTULO V. Obligación de retener e ingresar a cuenta.
Artículo 128. Retenciones e ingresos a cuenta.Artículo 129. Normas sobre retención, transmisión y obligaciones formales relativas a activos financieros y otros valores mobiliarios.CAPÍTULO VI. Conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria.
Artículo 130. Conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria.CAPÍTULO VII. Facultades de la Administración para determinar la base imponible.
Artículo 131. Facultades de la Administración para determinar la base imponible y otros elementos tributarios.TÍTULO IX: Orden jurisdiccional.
Artículo 132. Jurisdicción competente.DISPOSICIONES ADICIONALES.
Disposición adicional primeraDisposición adicional segundaDisposición adicional terceraDisposición adicional cuartaDisposición adicional quintaDisposición adicional sextaDisposición adicional séptimaDisposición adicional octavaDisposición adicional novenaDisposición adicional décimaDisposición adicional undécimaDisposición adicional duodécimaDisposición adicional decimoterceraDisposición adicional decimocuartaDisposición adicional decimoquintaDisposición adicional decimosextaDISPOSICIONES TRANSITORIAS.
Disposición transitoria primeraDisposición transitoria segundaDisposición transitoria terceraDisposición transitoria cuartaDisposición transitoria quintaDisposición transitoria sextaDisposición transitoria séptimaDisposición transitoria octavaDisposición transitoria novenaDisposición transitoria décimaDisposición transitoria undécimaDisposición transitoria duodécimaDisposición transitoria decimoterceraDisposición transitoria decimocuartaDisposición transitoria decimoquintaDisposición transitoria decimosextaDisposición transitoria decimoséptimaDisposición transitoria decimoctavaDisposición transitoria decimonovenaDisposición transitoria vigésimaDisposición transitoria vigésima primeraDisposición transitoria vigésima segundaDisposición transitoria vigésima terceraDisposición transitoria vigésima cuartaDisposición transitoria vigésima quintaDisposición transitoria vigésima sextaDisposición transitoria vigésima séptimaDisposición transitoria vigésima octavaDisposición transitoria vigésima novenaDisposición transitoria trigésimaDisposición transitoria trigésima primeraDisposición transitoria trigésima segundaDisposición transitoria trigésima terceraDisposición transitoria trigésima cuartaDisposición transitoria trigésima quintaDisposición transitoria trigésima sextaDisposición transitoria trigésima séptimaDisposición transitoria trigésima octavaDisposición transitoria trigésima novenaDisposición transitoria cuadragésimaDisposición transitoria cuadragésima primeraDisposición transitoria cuadragésima segundaDISPOSICIONES DEROGATORIAS.
Disposición derogatoriaDISPOSICIONES FINALES.
Disposición final primeraDisposición final segundaDisposición final terceraDisposición final cuartaDisposición final quintaDisposición final sextaDisposición final séptimaDisposición final octavaDisposición final novenaDisposición final décimaDisposición final undécimaDisposición final duodécimaSiguiente: Exposición de motivos Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre sociedades
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