REAL DECRETO 634/2015, de 10 de Julio, REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
FICHA NORMATIVA | |
Fecha de Publicación: | 11/07/2015 |
Entrada en vigor: | 12/07/2015 |
Normas complementarias: | Ley 27/2014 LIS Reglamento anterior |
Última modificación: | RD 1074/2017 de 29/12/2017 |
Estado: | VIGENTE |
TÍTULO I: La base imponible.
CAPÍTULO I. Imputación temporal de ingresos y gastos: aprobación de criterios diferentes al devengo.
Artículo 1. Aprobación de criterios de imputación temporal diferentes al devengo.Artículo 2. Órgano competente.CAPÍTULO II. Amortizaciones.
Artículo 3. Amortización de elementos patrimoniales del inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias: normas comunes.Artículo 4. Amortización según la tabla de amortización establecida en la Ley del Impuesto.Artículo 5. Amortización según porcentaje constante.Artículo 6. Amortización según números dígitos.Artículo 7. Planes de amortización.CAPÍTULO III. Cobertura del riesgo de crédito en entidades financieras.
Artículo 8. Ámbito de aplicación.Artículo 9. Cobertura del riesgo de crédito.CAPÍTULO IV. Planes de gastos correspondientes a actuaciones medioambientales. Planes especiales de inversiones y gastos de las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
Artículo 10. Planes de gastos correspondientes a actuaciones medioambientales.Artículo 11. Planes especiales de inversiones y gastos de las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.Artículo 12. Órgano competente.CAPÍTULO V. Información y documentación sobre entidades y operaciones vinculadas.
Sección 1.ª Elementos generales de la información y documentación sobre entidades y operaciones vinculadas.
Artículo 13. Información y documentación sobre entidades y operaciones vinculadas.Sección 2.ª Información país por país.
Artículo 14. Información país por país.Sección 3.ª Documentación específica.
Artículo 15. Documentación específica del grupo al que pertenezca el contribuyente.Artículo 16. Documentación específica del contribuyente.CAPÍTULO VI. Reglas de valoración y procedimiento de comprobación de operaciones vinculadas.
Sección 1.ª Determinación del valor de mercado de las operaciones vinculadas. Reglas específicas.
Artículo 17. Determinación del valor de mercado de las operaciones vinculadas: análisis de comparabilidad.Artículo 18. Requisitos de los acuerdos de reparto de costes suscritos entre personas o entidades vinculadas.Sección 2.ª Comprobación de las operaciones vinculadas.
Artículo 19. Comprobación de las operaciones vinculadas.Sección 3.ª Restitución patrimonial.
Artículo 20. Restitución patrimonial derivada de las diferencias entre el valor convenido y el valor de mercado de las operaciones vinculadas.CAPÍTULO VII. Acuerdos previos de valoración de operaciones entre personas o entidades vinculadas.
Sección 1.ª Acuerdos previos de valoración de operaciones entre personas o entidades vinculadas.
Artículo 21. Actuaciones previas.Artículo 22. Inicio del procedimiento.Artículo 23. Régimen de la documentación presentada.Artículo 24. Tramitación.Artículo 25. Terminación y efectos del acuerdo.Artículo 26. Recursos.Artículo 27. Órganos competentes.Artículo 28. Información sobre la aplicación del acuerdo para la valoración de las operaciones efectuadas con personas o entidades vinculadas.Artículo 29. Modificación del acuerdo previo de valoración.Artículo 30. Prórroga del acuerdo previo de valoración.Sección 2.ª Acuerdos previos de valoración de operaciones vinculadas con otras administraciones tributarias.
Artículo 31. Procedimiento para el acuerdo sobre operaciones vinculadas con otras Administraciones tributarias.Artículo 32. Inicio del procedimiento.Artículo 33. Tramitación.Artículo 34. Resolución.Artículo 35. Órganos competentes.Artículo 36. Solicitud de otra Administración tributaria.CAPÍTULO VIII. Documentación de las operaciones con personas o entidades no vinculadas residentes en paraísos fiscales.
Artículo 37. Documentación de las operaciones con personas o entidades no vinculadas residentes en paraísos fiscales.CAPÍTULO IX. Valoración previa de gastos correspondientes a proyectos de investigación científica o de innovación tecnológica.
Artículo 38. Valoración previa de gastos correspondientes a proyectos de investigación científica o de innovación tecnológica.CAPÍTULO X. Acuerdos previos de valoración o de calificación y valoración de rentas procedentes de determinados activos intangibles.
Artículo 39. Inicio del procedimiento.Artículo 40. Tramitación.Artículo 41. Terminación y efectos del acuerdo.Artículo 42. Órgano competente.Artículo 43. Modificación del acuerdo previo de valoración o de calificación y valoración.Artículo 44. Prórroga del acuerdo previo de valoración o del acuerdo previo de calificación y valoración.TÍTULO II: Límites en las ayudas derivadas de la aplicación del Derecho de la Unión Europea.
Artículo 45. Límites de la acumulación de las ayudas al sector cinematográfico.TÍTULO III: Reglas de aplicación de determinados regímenes especiales.
CAPÍTULO I. Agrupaciones de interés económico españolas y europeas, uniones temporales de empresas.
Artículo 46. Obligaciones de las agrupaciones de interés económico, españolas y europeas, y de las uniones temporales de empresas.CAPÍTULO II. Régimen de consolidación fiscal.
Artículo 47. Aplicación y obligaciones de información de las entidades acogidas al régimen de consolidación fiscal.CAPÍTULO III. Régimen de fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea.
Artículo 48. Comunicación del régimen especial.Artículo 49. Contenido de la comunicación.CAPÍTULO IV. Régimen fiscal de determinados contratos de arrendamiento financiero.
Artículo 50. Contratos de arrendamiento financiero.CAPÍTULO V. Régimen de las entidades de tenencia de valores extranjeros.
Artículo 51. Comunicación de la opción y de la renuncia en el régimen de las entidades de tenencia de valores extranjeros.CAPÍTULO VI. Régimen de las entidades navieras en función del tonelaje.
Artículo 52. Ámbito de aplicación: explotación de buques.Artículo 53. Procedimiento de solicitud del régimen.Artículo 54. Renuncia e incumplimiento del régimen.CAPÍTULO VII. Partidos políticos.
Artículo 55. Explotaciones económicas propias de los Partidos Políticos exentas en el Impuesto sobre Sociedades.Artículo 56. Acreditación a efectos de la exclusión de la obligación de retener o ingresar a cuenta respecto de las rentas exentas percibidas por los partidos políticos.TÍTULO IV: Gestión del Impuesto.
CAPÍTULO I. Índice de entidades, devolución y obligaciones de colaboración.
Artículo 57. Índice de entidades.Artículo 58. Devolución.Artículo 59. Colaboración externa en la presentación y gestión de declaraciones.Artículo 59. bis. Autoliquidaciones rectificativas.CAPÍTULO II. Obligación de retener e ingresar a cuenta.
Artículo 60. Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta.Artículo 61. Excepciones a la obligación de retener y de ingresar a cuenta.Artículo 62. Sujetos obligados a retener o a efectuar un ingreso a cuenta.Artículo 63. Calificación de los activos financieros y requisitos fiscales para la transmisión, reembolso y amortización de activos financieros.Artículo 64. Base para el cálculo de la obligación de retener e ingresar a cuenta.Artículo 65. Nacimiento de la obligación de retener y de ingresar a cuenta.Artículo 66. Porcentaje de retención e ingreso a cuenta.Artículo 67. Importe de la retención o del ingreso a cuenta.Artículo 68. Obligaciones del retenedor y del obligado a ingresar a cuenta.CAPÍTULO III. Conversión de activos por impuesto diferido en créditos exigibles frente a la Hacienda Pública. Procedimiento de compensación y abono.
Artículo 69. Procedimiento de compensación y abono de créditos exigibles frente a la Hacienda Pública.DISPOSICIONES ADICIONALES.
Disposición adicional unica. Concepto de entidad patrimonial en períodos impositivos iniciados con anterioridad a 1 de enero de 2015.DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
Disposición transitoria primera. Amortización de los elementos usados.Disposición transitoria segunda. Riesgo de crédito en entidades financieras.Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los beneficios fiscales sobre determinadas operaciones financieras.Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en materia de retenciones sobre los rendimientos del capital mobiliario y sobre ganancias patrimoniales.Disposición transitoria quinta. Obligaciones de información de la disposición transitoria decimocuarta de la Ley del Impuesto.Disposición transitoria sexta. Riesgo de crédito de entidades financieras generado con anterioridad a 1 de enero de 2016Disposición transitoria séptima. Deterioro de instrumentos de deuda de los fondos de titulización.Disposición transitoria octava. Riesgo de crédito en establecimientos financieros de créditoDISPOSICIONES FINALES.
Disposición final única. Habilitaciones al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.Siguiente: Exposición de motivos Real Decreto 634/2015, Reglamento del Impuesto sobre Sociedades
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