Novedades Contables en 2024.

En este apartado facilitamos a nuestros/as usuarios/as un resumen de las principales novedades que se vayan incorporando a los distintos asesores relacionados con la contabilidad (Asesor Contable, Mercantil y Análisis de Balances) en sus diferentes actualizaciones.

En www.Supercontable.com vamos a seguir dedicando nuestros esfuerzos y recursos en contar a nuestros/as usuarios/as y suscriptores todas las novedades que se vayan produciendo, tanto si surten efecto en el actual ejercicio 2024 como aquellas que sean de aplicación para el anterior ejercicio 2023 de cara al cierre del ejercicio y a la presentación de las cuentas anuales.

Programa depósito digital de cuentas anuales 2023 (D2).

Ya está disponible el programa D2 para el depósito digital de las cuentas anuales correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1/1/2023. Puede acceder a su descarga desde la pestaña de Depósito de cuentas de la página web de Registradores de España.

Legalización telemática de libros de 2023.

El artículo 18 de la Ley 14/2013 establece que todos los libros que obligatoriamente deban llevar los empresarios se legalizarán telemáticamente en el Registro Mercantil antes de que transcurran cuatro meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio. Por tanto, si el ejercicio coincide con el año natural el último día para legalizar los libros del ejercicio 2023 es el 30 de abril de 2024. En el siguiente enlace puede ver las novedades y aspectos importantes de la legalización de libros de 2023.

Consultas sobre Contabilidad publicadas en el BOICAC Nº 136.

Publicadas las últimas consultas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas en el BOICAC Nº 136 / Diciembre 2023, relacionadas a continuación:

Cierre contable del ejercicio 2023.

A continuación puede ver las novedades y los aspectos más importantes a tener en cuenta en el Cierre contable y fiscal de 2023.

Una deuda inexistente en su Contabilidad puede ocasionarle un grave problema con la AEAT.

Una reciente resolución del Tribunal Económico Administrativo Central recuerda que tener una deuda registrada con un proveedor y no saber exactamente a qué corresponde ni de dónde viene, aunque para algunos puede parecer una simple "tontería o desajuste" contable, puede convertirse en la presunción de existencia de rentas no declaradas o pasivos ficticios (ampliar información).

Consultas sobre Contabilidad publicadas en el BOICAC Nº 135.

Publicadas las consultas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas en el BOICAC Nº 135 / Septiembre 2023, relacionadas a continuación:

  • Consulta nº 1 BOICAC 135: Aportación que recibe una empresa pública.
  • Consulta nº 2 BOICAC 135: Información a incluir en cuentas anuales del 2022 por la bonificación extraordinaria y temporal del precio final de determinados productos energéticos, según Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.
  • Consulta nº 3 BOICAC 135: Estado de información no financiera en las sociedades cooperativas.
  • Consulta nº 4 BOICAC 135: Condonaciones de deudas realizadas por fundadores o patronos de fundaciones.

Contabilidad de los gastos de locomoción: nuevo límite de 26 céntimos por kilómetro.

La Orden HFP/792/2023, por la que se revisa la cuantía de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ha incrementado el límite exento de gravamen por asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas -IRPF- a 26 céntimos por cada kilómetro recorrido. En el siguiente enlace puede ver el tratamiento contable y fiscal de los gastos de locomoción.

No presentar la hoja del Titular Real implica el cierre registral.

Publicado el Real Decreto 609/2023, de 11 de julio, por el que se crea el Registro Central de Titularidades Reales y se aprueba su Reglamento, que incorpora distintas novedades en relación a la obligación de identificar al titular real junto con el depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil. En el siguiente enlace puede ver las novedades en el registro de titularidades reales como el plazo de 10 días para comunicar cambios o el cierre registral en caso de falta de presentación.

Consultas sobre Contabilidad publicadas en el BOICAC Nº 134.

Publicadas las consultas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas en el BOICAC Nº 134 / Junio 2023, relacionadas a continuación:

Nuevos modelos para la presentación de las cuentas anuales de 2022.

El 30 de mayo se ha publicado la Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.

En el siguiente enlace puede ver las novedades en los modelos para presentar las cuentas anuales del ejercicio 2022, que debe tener presente en los depósitos realizados a partir del 30 de mayo de 2023. En este sentido también puede serle de interés los comentarios realizados sobre los errores a evitar en la Presentación de las Cuentas Anuales durante 2023 y la guía para cumplimentar la Identificación del Titular Real, uno de los cambios en las cuentas anuales de 2022 que más dudas está generando.

Nuevos modelos para la presentación de las cuentas anuales consolidadas.

Publicada la Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación, en vigor desde el 30 de mayo de 2023.

2.639 euros de multa media en 2022 por no presentar las cuentas anuales.

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha publicado su Memoria de Actividades de 2022, en la que informa sobre la actuación reguladora y de supervisión realizada por este organismo durante el año anterior. En el mismo se incluyen interesantes datos sobre las sanciones por el incumplimiento de la obligación de presentar las cuentas anuales.

Consultas sobre Contabilidad publicadas en el BOICAC Nº 133.

Publicadas las consultas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas en el BOICAC Nº 133 / Marzo 2023, relacionadas a continuación:

Si no presenta las cuentas anuales en el Registro Mercantil su NIF será revocado.

El Real Decreto 249/2023, de 4 de abril, que afecta a distinta normativa tributaria, introduce como novedad la posibilidad de revocar el Número de Identificación Fiscal de una sociedad si no presenta sus Cuentas Anuales en el Registro Mercantil (ampliar información).

Efectos ocultos de la bajada del tipo de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades.

La reducción del tipo de gravamen del 25% al 23% para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a un millón de euros conlleva una serie de problemáticos asociados a los créditos fiscales contabilizados, la causa de disolución por pérdidas y el posible de diferimiento de ingresos de ejercicios anteriores que debemos tener en cuenta. Lo analizamos en el siguiente enlace sobre los "efectos ocultos" de la bajada del tipo de gravamen al 23% en el Impuesto sobre Sociedades.

Contabilidad del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.

La Orden HFP/1314/2022, de 28 de diciembre, desarrolla el nuevo Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, aprobado por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en vigor desde el 1 de enero de 2023. En el siguiente enlace puede ver cómo contabilizar el nuevo impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.

Contabilidad del bono Kit Digital.

El programa Kit Digital consiste en un sistema de ayudas de hasta 12.000 euros destinado a la digitalización de las pymes y autónomos, uno de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia al que van a ir dirigidos una buena parte de los fondos Next Generation de la Unión Europea. En el siguiente enlace puede ver cómo contabilizar la ayuda que supone el bono kit digital.

Novedades para la disolución obligatoria de Sociedades con Pérdidas en 2023.

El Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, establece que no se computarán las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 al cierre de los ejercicios 2022, 2023 y 2024 a efectos de valorar la causa legal de disolución por pérdidas fijada en el artículo 363 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (ampliar información).

Departamento Contable de Supercontable.com

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