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Boletín nº22 03/06/2025

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Novedades en los modelos de Cuentas Anuales de 2024 para su depósito en el Registro Mercantil en 2025.

Mateo Amando López, Departamento Contable-Fiscal de SuperContable.com - 03/06/2025

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El 3 de junio de 2025 ha sido publicada la Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación, con varios cambios en todos los tipos de modelos normalizados, aunque no afectan al contenido de las cuentas anuales propiamente dichas, sino a la documentación que la acompaña.

Las empresas que se hayan anticipado y ya tengan sus cuentas anuales del ejercicio 2024 depositadas en el Registro Mercantil no tienen que volver a realizar su presentación por este motivo pero aquellas que vayan a realizarlo a partir de hoy deben tenerlo en cuenta.

InformacionLos nuevos modelos para la presentación de las cuentas anuales entran en vigor el mismo 3 de junio de 2025, por lo que si a partir de hoy realiza el depósito de las cuentas anuales de 2024 con las especificaciones anteriores se expone a que le llegue una notificación de defectos para que proceda a su subsanación.

Como es habitual, también ha sido publicada en esta misma fecha la norma correspondiente para las cuentas anuales consolidadas: Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.

A continuación repasamos todos los cambios introducidos en los modelos normalizados:

Cambios que afectan a todos los modelos de cuentas anuales individuales (Normal, Abreviado y Pymes):

Además, si los administradores han hecho uso de la previsión de reformulación de cuentas anuales contenida en la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, de medidas urgentes de respuesta a la amenaza arancelaria y de relanzamiento comercial, deberán hacer constar este hecho en la Certificación de aprobación de las cuentas anuales.

Cambios que afectan a los modelos de cuentas anuales consolidadas:

En las cuentas anuales consolidadas se producen los mismos cambios respecto a la inclusión del código IRUS y del CNAE 2025, en idénticos apartados, pero además se recuerda que cuando el grupo sujeto a la obligación de depositar las cuentas anuales consolidadas decida presentarlas en formato electrónico único europeo, por aplicar las normas internacionales de contabilidad NIC/NIIF, deberá realizarlo mediante la generación del fichero correspondiente, que deberá cumplir las normas y especificaciones de acuerdo a la Taxonomía XBRL del formato ESEF, que se encuentra publicada en la siguiente página web de la European Securities and Markets Authority (ESMA): https://www.esma.europa.eu/document/esef-taxonomy-2024. En este sentido, los requisitos técnicos que debe cumplir dicho fichero se encuentran definidos en la ESEF Conformance Suite (https://www.esma.europa.eu/document/esef-conformance-suite-2024).

Importante:

Estos cambios entraron en vigor el 3 de junio de 2025, por lo que las cuentas anuales que presente a partir de entonces deben cumplir los estándares expuestos si no quiere recibir una notificación de defectos a subsanar.

No obstante, el programa que facilita el Registro Mercantil para la formulación y depósito de las cuentas anuales (D2) aún no está preparado con las últimas modificaciones, por lo que es de esperar que los registros mercantiles admitan los depósitos de cuentas que se presenten con el modelo anterior (de acuerdo con la Resolución de 23 de abril de 2024) mientras no se pueda descargar la nueva versión del aplicativo. Aunque si quiere evitar sorpresas es recomendable que posponga el depósito telemático de las cuentas anuales del 2024 hasta que esté disponible la nueva actualización del programa D2.