Epígrafe. Grupo 631 Intermediarios del comercio. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Grupo 631.   Intermediarios del comercio.

Cuota mínima municipal de :155,51 Euros
Cuota provincial de:373,23 Euros
Cuota nacional de:933,07 Euros
    Nota: Este grupo comprende las actividades cuyo objeto exclusivo o principal consiste en poner en relación a comprador y vendedor o bien en realizar actos de comercio por cuenta de sus comitentes, en todas las fases de la comercialización de toda clase de productos.


Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Vender de productos por los domicilios.
  2. Facilitar el acceso a poder visionar películas, series en internet a través de suscripción periódica.
  3. Cobro de comisiones en operaciones de venta energía.
  4. Gestionar compras.
  5. Organizar exposiciones nacionales e internacionales de pinturas y objetos de arte y de colección.
  6. Mediar en operaciones de compraventa.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Notas comunes a la división 6ª:

    1ª. Cuando en los locales en que se ejerzan actividades clasificadas en esta división, que tributen por cuota municipal, se realicen obras mayores para las que se requiera la obtención de la correspondiente licencia urbanística, y tengan una duración superior a tres meses, siempre que por razón de las mismas permanezcan cerrados los locales, la cuota correspondiente se reducirá en proporción al número de días en que permanezca cerrado el local.

    La reducción a que se refiere el párrafo anterior deberá  ser solicitada por el sujeto pasivo al ayuntamiento respectivo y, en su caso, una vez concedida, aquél deberá  solicitar la correspondiente devolución de ingresos indebidos por el importe de la misma ante la entidad que ejerza la función recaudatoria en el municipio de que se trate.

    2ª. Cuando se realicen obras en las vías públicas que tengan una duración superior a tres meses y afecten a los locales en los que se realicen actividades clasificadas en esta división, que tributen por cuota municipal, los sujetos pasivos podrán solicitar al ayuntamiento correspondiente una reducción de hasta el 80 por ciento de la cuota, el cual concederá en su caso, atendiendo al grado de afectación de los locales por dichas obras. Una vez concedida la reducción el sujeto pasivo podrá solicitar la devolución de ingresos indebidos por el importe de la misma a la entidad que ejerza la función recaudatoria en el municipio de que se trate.


Correspondencia CNAE-2009



4619. Intermediarios del comercio de productos diversos.
7311. Agencias de publicidad.

Jurisprudencia



Consulta Vinculante V1519-22. Epígrafe para organizar eventos personalizados y percepción de comisiones por venta.
Consulta Vinculante V0435-22. Epígrafe para campamentos deportivos, instalaciones, vender material deportivo.
Consulta Vinculante V2488-21. Servicios de intermediación en compras de bienes en el exterior.
Consulta Vinculante V1899-20. Alta epígrafe 631 actividad intermediación agencias de viaje online.
Consulta Vinculante V3125-19. Fábrica materiales de fontanería y posterior venta de los productos.
Consulta nº 342. IAE. Salones de belleza. Comercio de piensos. Agentes comerciales.
Consulta nº 345. IAE. Oficina de representación. Tributación.
Consulta nº 356. IAE. Epígrafes 619.9 y 659.1 y Grupo 631, todos de la Sección 1ª.
Consulta nº 497. IAE. Comercialización de productos cárnicos.
Consulta nº 533. IAE. Oficina de representación en España por actividades para su central extranjera.
Consulta nº 645. IAE. Tributación de actividad de agentes comerciales ejercida por una sociedad civil.
Consulta nº 669. IAE. Agente comercial.
Consulta nº 915. IAE. Máquinas automáticas en farmacia. Comercio en autoservicio o mixto.

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