Artículo 42. Órgano competente.
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Legislación
Art. 40 RD 634/2015 Tramitación.Art. 41 RD 634/2015 Terminación y efectos del acuerdo.Art. 43 RD 634/2015 Modificación del acuerdo previo de valoración o de calificación y valoración.Equivalencia Normativa
Equivalencia Ley anterior Art. 32 quinquies RD 1777/2004.Siguiente: Artículo 43. Real Decreto 634/2015, Reglamento del Impuesto sobre Sociedades
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