Disposición Transitoria 16ª Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto de la renta de las personas físicas

Normativa
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas


Disposición transitoria decimosexta.
Contribuyentes con residencia habitual en el territorio de una Comunidad Autónoma al que no le resulte de aplicación el nuevo modelo de financiación autonómica.



    Los contribuyentes que tengan su residencia habitual en el territorio de una Comunidad Autónoma al que no le resulte de aplicación el modelo de financiación previsto en la Ley 22/2009, por el que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, calcularán la cuota íntegra estatal y autonómica de este Impuesto tomando en consideración los artículos 3, 63, 66, 67, 68, 74,76, 77 y 78 de esta Ley en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2009.

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