Epígrafe 969.6 Salones recreativos y de juego. Actividades Empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 969.6.   Salones recreativos y de juego.

    
Cuota de: 
En poblaciones de más de 500.000 Habitantes:192,83 Euros
En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 Habitantes:160,49 Euros
En poblaciones de más de 40.000 hasta 100.000 habitantes:128,14 Euros
En poblaciones de más de 10.000 hasta 40.000 habitantes:112,59 Euros
En las poblaciones restantes:96,42 Euros
     Notas:

    1ª. Los establecimientos que tengan instaladas máquinas recreativas y de azar tributarán por éstas con arreglo a lo prevenido en el epígrafe 969.4.

    2ª. Este epígrafe autoriza para realizar las actividades comprendidas en el epígrafe 969.5.


Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Poner a disposición de sus asociados juegos recreativos en edificio de su propiedad de la propia entidad.
  2. Recibir apuestas deportivas a través de terminales de expedición por entidad titular de salones recreativos y de juegos.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Correspondencia CNAE-2009



9329. Otras actividades recreativas y de entretenimiento.

Anexos


Grupo 969. Otros servicios recreativos ncop.

Jurisprudencia



Consulta nº 151. IAE. Tributación de diversas actividades desarrolladas por una sociedad cooperativa
Consulta nº 794. IAE. Salones recreativos y de juego.
Consulta nº 997. IAE. Salones y máquinas recreativos.

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