Epígrafe 653.4 Comercio al por menor de materiales de construcción y de artículos y mobiliario de saneamiento. Actividades Empresariales. Tarifa IAE.

Actividades Empresariales

Grupo 653.4. Comercio al por menor de materiales de construcción y de artículos y mobiliario de saneamiento.

    
Cuota mínima municipal de: 
En poblaciones de más de 500.000 habitantes:304,80 Euros
En poblaciones de más de 100.000 hasta 500.000 habitantes: 242,60 Euros
En poblaciones de más de 40.000 hasta 100.000 habitantes:180,39 Euros
En poblaciones de más de 10.000 hasta 40.000 habitantes:136,85 Euros
En las poblaciones restantes:74,65 Euros
    Nota: Los sujetos pasivos clasificados en este epígrafe están facultados para instalar los cristales que vendan.


Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Venta al por menor de todos los elementos necesarios para la construcción de piscinas (paneles de poliuretano, tornillería, bolsa de PVC, piedras-baldosas), venta de piscinas prefabricadas y aparatos de aire acondicionado.
  2. Comercio al por menor de calderas biomasa, radiadores, material de suelo radiante, material de calefaccion, tuberías para calefacción, resistencias eléctricas para calor.
  3. Vender e instalar cristales para puertas y ventanas.
  4. Comercio de andamiajes, vigas, puntales que vayan a ser destinados a la construcción en general.
  5. Vender piezas de mármol, ladrillos refractarios, piezas de piedra arenisca, accesorios para la instalación de estufas.
  6. Comercio de muebles de baño, lavabos, bañeras, inodoros, grifería.
  7. Realizar entregas transportadas en camión-grua objeto de su comercio en las obras de los clientes.



    De acuerdo con la Consulta vinculante V0224-24 el pago de la cuota nacional exime de pagar cuotas provinciales o municipales por el desarrollo de una misma actividad, pero, en cambio, sí debería pagar la cuota del ámbito territorial que correspondiese (nacional, provincial o municipal) si realizase otra actividad distinta por la que tuviese que estar dada de al alta en un epígrafe del IAE distinto.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Notas comunes a la división 6ª:

    1ª. Cuando en los locales en que se ejerzan actividades clasificadas en esta división, que tributen por cuota municipal, se realicen obras mayores para las que se requiera la obtención de la correspondiente licencia urbanística, y tengan una duración superior a tres meses, siempre que por razón de las mismas permanezcan cerrados los locales, la cuota correspondiente se reducirá en proporción al número de días en que permanezca cerrado el local.

    La reducción a que se refiere el párrafo anterior deberá  ser solicitada por el sujeto pasivo al ayuntamiento respectivo y, en su caso, una vez concedida, aquél deberá  solicitar la correspondiente devolución de ingresos indebidos por el importe de la misma ante la entidad que ejerza la función recaudatoria en el municipio de que se trate.

    2ª. Cuando se realicen obras en las vías públicas que tengan una duración superior a tres meses y afecten a los locales en los que se realicen actividades clasificadas en esta división, que tributen por cuota municipal, los sujetos pasivos podrán solicitar al ayuntamiento correspondiente una reducción de hasta el 80 por ciento de la cuota, el cual concederá en su caso, atendiendo al grado de afectación de los locales por dichas obras. Una vez concedida la reducción el sujeto pasivo podrá solicitar la devolución de ingresos indebidos por el importe de la misma a la entidad que ejerza la función recaudatoria en el municipio de que se trate.


Correspondencia CNAE-2009



4752. Comercio al por menor de ferretería, pintura y vidrio en establecimientos especializados.

Anexos


Grupo 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.

Comentarios



Índices o módulos epígrafe 653.4 en Régimen Especial Simplificado de IVA.
Índices o módulos epígrafe 653.4 en Régimen de estimación objetiva de IRPF.
Epígrafe de comercio al por menor ¿Me faculta para vender esporádicamente como mayorista?

Jurisprudencia



Consulta vinculante V0224-24. Pagar cuota nacional exime de pagar cuotas provinciales o municipales.
Consulta Vinculante V3097-21. Epígrafe para venta e instalación de cristales en domicilios.    
Consulta Vinculante V2380-21 DGT. Venta al por menor de materiales de construcción en un almacén de venta.
Consulta Vinculante V3125-19 DGT. Fábrica de materiales de fontanería y posterior venta de los productos.
Consulta nº 556. IAE.Comercio al por menor de materiales de construcción y de artículos de madera.
Consulta nº 954. IAE.Comercio (al por mayor o al por menor) de materiales de construcción.
Consulta nº 975. IAE.Servicios de pompas fúnebres. Venta y colocación de lápidas.

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