Un epígrafe de IAE de comercio al por menor, ¿Me faculta para vender esporádicamente como mayorista?
Según la Regla 4ª "Facultades" de las Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), aprobada por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de Septiembre de 1990, la respuesta es NO. El alta de un empresario correspondiente a la actividad de venta al por menor faculta exclusivamente al ejercicio de esta, salvo que exista alguna nota al epígrafe que corresponda en la que se faculte específicamente esta posibilidad.- Local donde se realiza al por mayor y por menor, bastaría con que el empresario se diese de alta en una actividad de comercio al por mayor.
- Local al por menor dentro de un local mayorista, igual que antes bastaría con que el empresario se diese de alta en una actividad de comercio al por mayor.
- Local al por menor fuera de un local mayorista, sería necesario por parte del empresario realizar un alta de comercio al por menor por el local donde se efectúa la venta al por menor.
Legislación
- Regla 4ª RDL 1175/1990. Facultades.Siguiente: Consulta 0022-19. Obligación de alta en IAE para operaciones de desmantelamiento de central nuclear.
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