Grupo 651.6. Comercio al por menor de calzado, artículos de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsas, maletas y artículos de viaje en general.
| Cuota mínima municipal de: | |
| En poblaciones de más de 500.000 habitantes: | 217,72 Euros |
| En poblaciones de más de 100.000 hasta 500.000 habitantes: | 174,17 Euros |
| En poblaciones de más de 40.000 hasta 100.000 habitantes: | 133,12 Euros |
| En poblaciones de más de 10.000 hasta 40.000 habitantes: | 99,53 Euros |
| En las poblaciones restantes: | 68,43 Euros |
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Vender pieles sin curtir adquiridas en matadero.
- Vender calzado especial.
- Vender cueros curtidos de todas clases.
- Venta de calzado de piel y bolsos
- Comercio por internet de artículos textiles y de confección, "dropshipping"
De acuerdo con la Consulta vinculante V0224-24 el pago de la cuota nacional exime de pagar cuotas provinciales o municipales por el desarrollo de una misma actividad, pero, en cambio, sí debería pagar la cuota del ámbito territorial que correspondiese (nacional, provincial o municipal) si realizase otra actividad distinta por la que tuviese que estar dada de alta en un epígrafe del IAE distinto.Puedes descargar nuestros libros especializados.
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Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
4772. Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero.4792. Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor especializado.Correspondencia CNAE-2009
4772. Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados.Anexos
Grupo 651. Comercio al por menor de productos textiles. Confección, calzado, pieles y artículos de cuero.Comentarios
Índices o módulos epígrafe 651.6 en Régimen de estimación objetiva de IRPF.Epígrafe de comercio al por menor ¿Me faculta para vender esporádicamente como mayorista?Jurisprudencia y Doctrina
Consulta vinculante V2098-24. Comercio por internet de artículos textiles y de confección, "dropshipping".Consulta vinculante V0319-24. Epígrafe para venta bolsos, ropa, zapatos, relojes y gafas.Consulta vinculante V0224-24. Pagar cuota nacional exime de pagar cuotas provinciales o municipales.Consulta Vinculante V0347-21. Epígrafe para venta de marca propia de ropa y complementos a través de internet.Consulta nº 88. IAE.Comercio de pieles y cueros: clasificación.Consulta nº 237. IAE.Comercio de pieles: clasificación.Consulta nº 350. IAE.Comercio al por menor de artículos de joyería, bisutería, relojería, regalo y de calzado.Consulta nº 557. IAE.Comercio al por menor de toda clase de prendas para el vestido y tocado.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

