Índice Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.

Normativa

LEY 15/2015, de 2 de Julio, DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA.

FICHA NORMATIVA
Fecha de Publicación:03/07/2015
Entrada en vigor:23/07/2015
Normas complementarias:Ley 1/2000
Última modificación:Ley 4/2023, de 28/02/2023
Estado:VIGENTE


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

TÍTULO PRELIMINAR: Disposiciones generales.


Artículo 1.  Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2.  Competencia en materia de jurisdicción voluntaria.
Artículo 3.  Legitimación y postulación.
Artículo 4.  Intervención del Ministerio Fiscal.
Artículo 5.  Prueba.
Artículo 6.  Tramitación simultánea o posterior de expedientes o procesos.
Artículo 7.  Gastos.
Artículo 7 bis.  Ajustes para personas con discapacidad.
Artículo 8.  Carácter supletorio de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

TÍTULO I: De las normas comunes en materia de tramitación de los expedientes de jurisdicción voluntaria.


CAPÍTULO I. Normas de Derecho internacional privado.


Artículo 9.  Competencia internacional.
Artículo 10.  Ley aplicable a los expedientes de jurisdicción voluntaria en los casos internacionales.
Artículo 11.  Inscripción en registros públicos.
Artículo 12.  Efectos en España de los expedientes y actos de jurisdicción voluntaria acordados por autoridades extranjeras.

CAPÍTULO II. Normas de tramitación.


Artículo 13.  Aplicación de las disposiciones de este Capítulo.
Artículo 14.  Iniciación del expediente.
Artículo 15.  Acumulación de expedientes.
Artículo 16.  Apreciación de oficio de la falta de competencia y otros defectos u omisiones.
Artículo 17.  Admisión de la solicitud y citación de los interesados.
Artículo 18.  Celebración de la comparecencia.
Artículo 19.  Decisión del expediente.
Artículo 20.  Recursos.
Artículo 21.  Caducidad del expediente.
Artículo 22.  Cumplimiento y ejecución de la resolución que pone fin al expediente.

TÍTULO II: De los expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de personas.

   

CAPÍTULO I. De la autorización o aprobación judicial del reconocimiento de la filiación no matrimonial.


Artículo 23.  Ámbito de aplicación.
Artículo 24.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 25.  Tramitación.
Artículo 26.  Resolución.

CAPÍTULO I bis. De la aprobación judicial de la modificación de la mención registral del sexo de personas mayores de doce años y menores de catorce .


Artículo 26 bis. Ámbito de aplicación.   
Artículo 26 ter.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 26 quater. Tramitación.  
Artículo 26 quinquies. Resolución    

CAPÍTULO I ter. De la aprobación judicial de la nueva modificación de la mención registral relativa al sexo con posterioridad a una reversión de la rectificación de la mención registral .


Artículo 26 sexies. Ámbito de aplicación.   
Artículo 26 septies. Competencia, legitimación y postulación.  
Artículo 26 octies. Tramitación.  
Artículo 26 nonies. Resolución.   
  

CAPÍTULO II. De la habilitación para comparecer en juicio y del nombramiento de defensor judicial.


Artículo 27.  Ámbito de aplicación.
Artículo 28.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 29.  Efectos de la solicitud.
Artículo 30.  Comparecencia y resolución.
Artículo 31.  Cesación del defensor judicial y de la habilitación para comparecer en juicio.
Artículo 32.  Rendición de cuentas, excusa y remoción del defensor judicial.

CAPÍTULO III. De la adopción.


Artículo 33.  Competencia.
Artículo 34.  Carácter preferente y postulación.
Artículo 35.  Propuesta de la Entidad Pública y solicitud del adoptante.
Artículo 36.  Consentimiento.
Artículo 37.  Asentimiento y audiencia.
Artículo 38.  Citaciones.
Artículo 39.  Tramitación.
Artículo 40.  Procedimiento para la exclusión de funciones tutelares del adoptante y extinción de la adopción.
Artículo 41.  Adopción internacional.
Artículo 42.  Conversión de adopción simple o no plena en plena.

CAPÍTULO III bis. Del expediente de provisión de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad.


Artículo 42 bis a). Ámbito de aplicación, competencia, legitimación y postulación.
Artículo 42 bis b). Procedimiento.
Artículo 42 bis c). Auto y posterior revisión de las medidas judicialmente acordadas.

CAPÍTULO IV. De la tutela, la curatela y la guarda de hecho.


Sección 1.ª Disposición común.

Artículo 43.  Competencia y postulación.

Sección 2.ª De la tutela y la curatela.

Artículo 44.  Ámbito de aplicación.
Artículo 45.  Tramitación, resolución y recurso.
Artículo 46.  Prestación de fianza, aceptación y posesión del cargo.
Artículo 47.  Formación de inventario.
Artículo 48.  Retribución del cargo.
Artículo 49.  Remoción.
Artículo 50.  Excusa.
Artículo 51.  Rendición de cuentas.
Artículo 51 bis.  Extinción de los poderes preventivos.

Sección 3.ª De la guarda de hecho.

Artículo 52.  Requerimiento y medidas de control.

CAPÍTULO V. De la concesión judicial de la emancipación y del beneficio de la mayoría de edad.


Artículo 53.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 54.  Solicitud.
Artículo 55.  Tramitación y resolución.

CAPÍTULO VI. De la protección del patrimonio de las personas con discapacidad.


Artículo 56.  Ámbito de aplicación.
Artículo 57.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 58.  Solicitud, tramitación y resolución del expediente.

CAPÍTULO VII. Del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen del menor o persona con discapacidad con medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica.


Artículo 59.  Ámbito de aplicación, competencia, legitimación y postulación.
Artículo 60.  Tramitación y resolución.

CAPÍTULO VIII. De la autorización o aprobación judicial para la realización de actos de disposición, gravamen u otros que se refieran a los bienes y derechos de menores y personas con discapacidad con medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica.


Artículo 61.  Ámbito de aplicación.
Artículo 62.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 63.  Solicitud.
Artículo 64.  Tramitación.
Artículo 65.  Resolución.
Artículo 66.  Destino de la cantidad obtenida.

CAPÍTULO IX. De la declaración de ausencia y fallecimiento.


Artículo 67.  Ámbito de aplicación.
Artículo 68.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 69.  Defensor judicial en caso de desaparición.
Artículo 70.  Declaración de ausencia.
Artículo 71.  Resolución y nombramiento de representante del ausente.
Artículo 72.  Medidas provisionales.
Artículo 73.  Práctica de inventario de bienes.
Artículo 74.  Declaración de fallecimiento.
Artículo 75.  Hechos posteriores a la declaración de ausencia o fallecimiento.
Artículo 76.  Constancia del fallecimiento del desaparecido.
Artículo 77.  Comunicación al Registro Civil.

CAPÍTULO X. De la extracción de órganos de donantes vivos.


Artículo 78.  Ámbito de aplicación y competencia.
Artículo 79.  Solicitud y tramitación del expediente.
Artículo 80.  Resolución.

CAPÍTULO XI. De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos a declaraciones judiciales sobre hechos pasados


Artículo 80 bis. Ámbito de aplicación.
Artículo 80 ter. Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 80 quater. Tramitación y resolución.
Artículo 80 quinquies. Recursos.

TÍTULO III: De los expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de familia.


CAPÍTULO I. De la dispensa del impedimento matrimonial.


Artículo 81.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 82.  Solicitud.
Artículo 83.  Tramitación y resolución.
Artículo 84.  Testimonio.

CAPÍTULO II. De la intervención judicial en relación con la patria potestad.


Sección 1.ª Disposición común.

Artículo 85.  Tramitación.

Sección 2.ª De la intervención judicial en los casos de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad.

Artículo 86.  Ámbito de aplicación, competencia y legitimación.

Sección 3.ª De las medidas de protección relativas al ejercicio inadecuado de la potestad de guarda o de administración de los bienes del menor o persona con discapacidad.

Artículo 87.  Ámbito de aplicación, competencia y legitimación.
Artículo 88.  Resolución.
Artículo 89.  Actuación en casos de tutela.

CAPÍTULO III. De la intervención judicial en los casos de desacuerdo conyugal y en la administración de bienes gananciales.


Artículo 90.  Ámbito de aplicación, competencia, postulación y tramitación.

TÍTULO IV: De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos al Derecho sucesorio.


CAPÍTULO I. Del albaceazgo.


Artículo 91.  Ámbito de aplicación, competencia, postulación y tramitación.

CAPÍTULO II. De los contadores-partidores dativos.


Artículo 92.  Ámbito de aplicación, competencia, postulación y tramitación.

CAPÍTULO III. De la aceptación y repudiación de la herencia.


Artículo 93.  Ámbito de aplicación.
Artículo 94.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 95.  Resolución.

TÍTULO V: De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos al Derecho de obligaciones.


CAPÍTULO I. De la fijación del plazo para el cumplimiento de las obligaciones cuando proceda.


Artículo 96.  Ámbito de aplicación.
Artículo 97.  Competencia y postulación.

CAPÍTULO II. De la consignación.


Artículo 98.  Ámbito de aplicación, competencia y postulación.
Artículo 99.  Tramitación.

TÍTULO VI: De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos a los derechos reales.


CAPÍTULO I. De la autorización judicial al usufructuario para reclamar créditos vencidos que formen parte del usufructo.


Artículo 100.  Ámbito de aplicación.
Artículo 101.  Competencia y postulación.
Artículo 102.  Solicitud.
Artículo 103.  Tramitación y resolución.

CAPÍTULO II. Del expediente de deslinde de fincas no inscritas.


Artículo 104.  Ámbito de aplicación.
Artículo 105.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 106.  Solicitud y tramitación.
Artículo 107.  Resolución.

TÍTULO VII: De los expedientes de subastas voluntarias.


Artículo 108.  Ámbito de aplicación.
Artículo 109.  Competencia y postulación.
Artículo 110.  Solicitud.
Artículo 111.  Tramitación.

TÍTULO VIII: De los expedientes de jurisdicción voluntaria en materia mercantil.


CAPÍTULO I. De la exhibición de libros de las personas obligadas a llevar contabilidad.


Artículo 112.  Ámbito de aplicación.
Artículo 113.  Competencia y postulación.
Artículo 114.  Tramitación.
Artículo 115.  Forma de realizar la exhibición.
Artículo 116.  Multas coercitivas.

CAPÍTULO II. De la convocatoria de juntas generales.


Artículo 117.  Ámbito de aplicación.
Artículo 118.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 119.  Tramitación.

CAPÍTULO III. Del nombramiento y revocación de liquidador, auditor o interventor de una entidad.


Artículo 120.  Ámbito de aplicación.
Artículo 121.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 122.  Tramitación.
Artículo 123.  Resolución y aceptación del cargo.

CAPÍTULO IV. De la reducción de capital social y de la amortización o enajenación de las participaciones o acciones.


Artículo 124.  Ámbito de aplicación, competencia y postulación.

CAPÍTULO V. De la disolución judicial de sociedades.


Artículo 125.  Ámbito de aplicación.
Artículo 126.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 127.  Tramitación.
Artículo 128.  Resolución.

CAPÍTULO VI. De la convocatoria de la asamblea general de obligacionistas.


Artículo 129.  Ámbito de aplicación.
Artículo 130.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 131.  Tramitación.

CAPÍTULO VII. Del robo, hurto, extravío o destrucción de título valor o representación de partes de socio.


Artículo 132.  Ámbito de aplicación.
Artículo 133.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 134.  Denuncia del hecho en el caso de valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales.
Artículo 135.  Tramitación.

CAPÍTULO VIII. Del nombramiento de perito en los contratos de seguro.


Artículo 136.  Ámbito de aplicación.
Artículo 137.  Competencia, legitimación y postulación.
Artículo 138.  Tramitación.

TÍTULO IX: De la conciliación.


Artículo 139.  Procedencia de la conciliación.
Artículo 140.  Competencia.
Artículo 141.  Solicitud.
Artículo 142.  Admisión, señalamiento y citación.
Artículo 143.  Efectos de la admisión.
Artículo 144.  Comparecencia al acto de conciliación.
Artículo 145.  Celebración del acto de conciliación.
Artículo 146.  Testimonio y gastos.
Artículo 147.  Ejecución.
Artículo 148.  Acción de nulidad.

Disposiciones Adicionales.


Disposición adicional primera. Referencias contenidas en la legislación.
Disposición adicional segunda. Régimen jurídico aplicable al acogimiento de menores.
Disposición adicional tercera. Inscripción en los registros públicos de documentos públicos extranjeros.
Disposición adicional cuarta. Aranceles notariales y registrales.
Disposición adicional quinta. Modificaciones y desarrollos reglamentarios.
Disposición adicional sexta. No incremento del gasto.

Disposiciones Transitorias.


Disposición transitoria primera. Expedientes en tramitación.
Disposición transitoria segunda. Herencias abintestato a favor de la Administración pública.
Disposición transitoria tercera. Expedientes de subastas voluntarias.
Disposición transitoria cuarta. Expedientes de adopción y matrimoniales.
Disposición transitoria quinta. Matrimonios celebrados por las confesiones religiosas evangélicas, judías e islámicas y por las que hayan obtenido el reconocimiento de notorio arraigo en España.

Disposición Derogatoria.


Disposición derogatoria única. Derogación de normas.

Disposiciones Finales.


Disposición final primera. Modificación de determinados artículos del Código Civil.
Disposición final segunda. Modificación del Código de Comercio.
Disposición final tercera. Modificación de determinados artículos de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, de Registro Civil.
Disposición final quinta. Modificación de Ley 24/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el acuerdo de cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España.
Disposición final sexta. Modificación de la Ley 25/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Comunidades Israelitas de España.
Disposición final séptima. Modificación de la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España.
Disposición final octava. Modificación de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Disposición final novena. Modificación de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.
Disposición final décima. Modificación de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad.
Disposición final undécima. Modificación de la Ley de 28 de mayo de 1862, del Notariado.
Disposición final duodécima. Modificación de la Ley Hipotecaria.
Disposición final decimotercera. Modificación de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Hipoteca Mobiliaria y prenda sin desplazamiento de la posesión.
Disposición final decimocuarta. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
Disposición final decimoquinta. Modificación de la Ley 211/1964, de 24 de diciembre, sobre regulación de la emisión de obligaciones por Sociedades que no hayan adoptado la forma de Anónimas, Asociaciones u otras personas jurídicas y la constitución del Sindicato de Obligacionistas.
Disposición final decimosexta. Modificación de la disposición transitoria única de la Ley 33/2006, de 30 de octubre, sobre igualdad del hombre y la mujer en el orden de sucesión de los títulos nobiliarios.
Disposición final decimoséptima. Modificación del texto refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por medio del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
Disposición final decimoctava. Modificación de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Disposición final decimonovena. Gratuidad de determinados expedientes notariales y registrales.
Disposición final vigésima. Título competencial.
Disposición final vigésima primera. Entrada en vigor.

Siguiente: Modelo Normalizado de Expediente de Jurisdicción Voluntaria.

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