Epígrafe 931.1. Guardería y enseñanza de educación infantil, exclusivamente.
Cuota de 186 euros.
Notas comunes al grupo 931: 1ª. Cuando en el ejercicio de las actividades clasificadas en este grupo se faciliten a los alumnos libros o artículos de escritorio, la cuota asignada al epígrafe correspondiente se incrementará en un 25 por 100. 2ª. Cuando en el ejercicio de las actividades clasificadas en este grupo se preste el servicio de media pensión, la cuota asignada al epígrafe correspondiente se incrementará en un 25 por 100 . 3ª. Cuando en el ejercicio de las actividades clasificadas en este grupo se preste el servicio de internado, la cuota asignada al epígrafe correspondiente se incrementará en un 50 por 100. En estos casos no procederá el incremento previsto en la nota 2ª anterior.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Servicio de recreo infantil en tanto que servicio de cuidado de niños por horas en los horarios extraescolares.
- Servicios de cuidador infantil y canguro.
- Cuidado y vigilancia de niños, incluyendo lactancia y otros modos de alimentación en establecimientos tipo guarderías.
- Guarda y custodia de niños de 0 a 3 años.
Correspondencia CNAE-2009
8510. Educación preprimaria.8891. Actividades de cuidado diurno de niños.Anexos
Grupo 931. Enseñanza reglada.Jurisprudencia
- Consulta nº 128. IAE.Enseñanza: concurrencia de actividades exentas y no exentas.- Consulta nº 439. IAE.Actividades ejercidas con carácter temporal.- Consulta nº 616. IAE.Servicios de guardería infantil.¿Tienes una duda? SuperContable te sacará de este apuro.
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