Epígrafe 661.3. Comercio en almacenes populares, entendiendo por tales aquellos establecimientos que ofrecen en secciones múltiples y venden en autoservicio o en preselección un surtido relativamente amplio y poco profundo de bienes de consumo, con una gama de precios baja y un servicio reducido.
| Cuota de: | |
| Hasta 1.500 m2: | 0,655103 Euros por m2. |
| De 1.501 a 3.000 m2: | 0,595002 Euros por m2. |
| De 3.001 a 5.000 m2 | 0,528891 Euros por m2. |
| Exceso de 5.000 m2 | 0,468789 Euros por m2. |
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Realizar importaciones y exportaciones.
- Comercio menor de electrodomésticos, cristalería y vajilla.
De acuerdo con la Consulta vinculante [V0224-24] el pago de la cuota nacional exime de pagar cuotas provinciales o municipales por el desarrollo de una misma actividad, pero, en cambio, sí debería pagar la cuota del ámbito territorial que correspondiese (nacional, provincial o municipal) si realizase otra actividad distinta por la que tuviese que estar dada de al alta en un epígrafe del IAE distinto.Puedes descargar nuestros libros especializados.
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Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
4711. Comercio al por menor no especializado predominantemente de productos alimenticios, bebidas y tabaco.4712. Otro comercio al por menor no especializado.4791. Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor no especializado.Correspondencia CNAE-2009
4711. Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco.4719. Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados.Anexos
Grupo 661. Comercio mixto o integrado en grandes superficies.Comentarios
Epígrafe de comercio al por menor ¿Me faculta para vender esporádicamente como mayorista?Jurisprudencia y Doctrina
Consulta nº 26. IAE.Comercio mixto o integrado en grandes superficies: almacenes populares.Consulta nº 221. IAE.Comercio mixto o integrado en grandes superficies: almacenes populares.Consulta nº 432. IAE.Comercio en almacenes populares. Comercio mixto o integrado.Consulta nº 433. IAE.Comercio en almacenes populares. Comercio mixto o integrado.Consulta nº 586. IAE.Comercio en almacenes populares. Comercio mixto o integrado al por menor.Consulta nº 842. IAE.Comercio al por mayor de adornos navideños, artículos para fiestas y flores artificiales.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

