Epígrafe 255.2. Fabricación de jabones de tocador y otros productos de perfumería y cosmética.
Cuota de 26,125996 euros por cada Kw.
Nota:Este Epígrafe comprende la fabricación de artículos para el aseo personal (jabones de tocador, baño y afeitado, sales de baño, desodorantes, etc.); colonias, lociones y perfumes; productos de belleza para el cuidado y conservación de la piel; productos para la higiene bucal; productos para el cuidado y conservación del cabello y otros productos de perfumería y cosmética.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Comercialización de productos cosméticos sólidos (jabones, champús, acondicionadores, etc.) bajo marca propia.
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Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
2042. Fabricación de productos de perfumería y cosmética.Correspondencia CNAE-2009
2042. Fabricación de perfumes y cosméticos.Anexos
Grupo 255. Fabricación de otros productos químicos destinados principalmente al consumo final.Jurisprudencia y Doctrina
Consulta Vinculante V0991-25. Epígrafe para persona física que comercializa bajo marca propia cosméticos. Consulta Vinculante V2674-19. Fabricación de bálsamo y crema para el cuidado del cabello.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

