Epígrafe 251.1. Fabricación de productos químicos orgánicos de origen petroquímico.
Cuota de 14,556513 euros por cada Kw.
Nota: Este Epígrafe comprende la obtención de hidrocarburos y sus derivados, incluidos los monómeros, tales como acetileno, benceno, etileno, butadieno, nitrobuceno, naftaleno, propileno, bromuros y cloruros de etilo, betilo y metilo y otros, así como los derivados halogenados, nitrados y nitrosados de hidrocarburos.De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).- Tarifa plana de autónomos que inician actividad.
- Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos.
- Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores.
- Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral.
- Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.
Correspondencia CNAE-2025
2014. Fabricación de otros productos básicos de química orgánica.
2051. Fabricación de biocombustibles líquidos.
Correspondencia CNAE-2009
2014. Fabricación de otros productos básicos de química orgánica.
Anexos
Grupo 251. Fabricación de productos químicos básicos (excepto productos farmacéuticos de base).
Jurisprudencia y Doctrina
- Consulta vinculante de la DGT V0104-25. Epígrafe de fabricación de pellets con huesos de aceituna.
- Consulta nº 129. IAE. Fabricación de lejías concentradas.
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