2025 CNAE 2051.Fabricación de biocombustibles líquidos.
- la fabricación de biodiesel
- la fabricación de etanol a partir de biomasa
- la fabricación de mezclas de bioetanol y éteres parcialmente obtenidos de la biomasa
- la fabricación de biocombustibles líquidos incluso cuando los procesos utilicen desechos como input
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Anexos
- C. INDUSTRIA MANUFACTURERA.- 20. Industria química.- 205. Fabricación de otros productos químicos.Correspondencia Epígrafe IAE
251.1. Fabricación de productos químicos orgánicos de origen petroquímico.251.2. Fabricación de otros productos químicos orgánicos.251.7. Fabricación de ácido y anhídrido ftálico y maléico y de ácidos isoftálico y tereftálico.253.5. Tratamiento aceites y grasas para usos industriales.253.7. Fabricación de colas y gelatinas y de productos auxiliares para la industria textil, del cuero y del caucho.253.9. Fabricación de otros productos químicos de uso industrial N.C.O.P.255.4. Fabricación de material fotográfico sensible.255.9. Fabricación de otros productos químicos destinados principalmente al consumo final n.c.o.p.393.1. Instrumentos ópticos y material fotográfico y cinematográfico (excepto monturas para gafas)424.1. Destilación y rectificación de alcoholes.Equivalencia CNAE-2009
- 2014. Fabricación de otros productos básicos de química orgánica.- 2059. Fabricación de otros productos químicos n.c.o.p.Siguiente: 2025 CNAE 2059. Fabricación de otros productos químicos n.c.o.p.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.