Epígrafe 161.3 Tratamiento de agua para su suministro. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 161.3.   Tratamiento de agua para su suministro.

Cuota de 0,018030 euros por cada 100 metros cúbicos o fracción de agua tratada en el ejercicio inmediato anterior, según consumos registrados con contador u otro elemento de medida en el punto de salida de la planta o estación de tratamiento, para su posterior suministro.

    Nota:El tratamiento comprende todas las tareas y procesos industriales necesarios para que el agua sea sanitariamente permisible o potable para el consumo humano, hasta su puesta a disposición o entrega a la red de distribución.

Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Explotar estaciones para tratamiento y depuración de aguas potables, industriales, residuales.
  2. Puesta a disposición o entrega a la red de distribución para su suministro a núcleos urbanos.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Correspondencia CNAE-2009



3600. Captación, depuración y distribución de agua.

Anexos


Grupo 161. Captación, tratamiento y distribución de agua para núcleos urbanos.

Jurisprudencia



- Consulta nº 512. IAE. Instalaciones de riego.

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