Epígrafe 111.3. Preparación de hulla en factoría independiente o fuera del perímetro de la concesión o explotación minera.
Cuota de 9,333718 euros por cada Kw.
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Preparar hulla en factoría independiente o fuera del perímetro de la concesión o explotación minera.
- Preparar en factoría independiente otros combustibles minerales sólidos.
De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).- Tarifa plana de autónomos que inician actividad.
- Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos.
- Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores.
- Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral.
- Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.
Correspondencia CNAE-2025
0510. Extracción de antracita y hulla.
0990. Actividades de apoyo a otras industrias extractivas.
1920. Refino de petróleo y de combustibles fósiles.
Correspondencia CNAE-2009
0510. Extracción de antracita y hulla
0990. Actividades de apoyo a otras industrias extractivas.
1920. Refino de petróleo.
Siguiente: Epígrafe 111.4 Aglomeración de hulla. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.