Epígrafe 111.4. Aglomeración de hulla.
Cuota de 14,183886 euros por cada Kw.
Nota: Este Epígrafe faculta para la aglomeración de otros combustibles minerales sólidos.De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).- Tarifa plana de autónomos que inician actividad.
- Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos.
- Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores.
- Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral.
- Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.
Correspondencia CNAE-2025
0510. Extracción de antracita y hulla.
0990. Actividades de apoyo a otras industrias extractivas.
1920. Refino de petróleo y de combustibles fósiles.
Correspondencia CNAE-2009
0510. Extracción de antracita y hulla.
0990. Actividades de apoyo a otras industrias extractivas.
1920. Refino de petróleo.
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