2025 CNAE 4726.Comercio al por menor de productos de tabaco.
- el comercio al por menor de tabaco en cualquier forma, por ejemplo, cigarrillos, puros, tabaco de pipa, tabaco de mascar, etc.
- el comercio al por menor de tabaco y productos y accesorios para fumadores, incluidos encendedores, pipas, dispositivos para liar cigarrillos, etc.
- el comercio al por menor de cigarrillos electrónicos y sus líquidos
Puedes consultar otros contenidos útiles y especializados como éste si te suscribes a SuperContable.
Suscríbete ahora y accede GRATIS HASTA SEPTIEMBRE sin obligación de permanencia.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Anexos
- G. COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR.- 47. Comercio al por menor.- 472. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco.Correspondencia Epígrafe IAE
623. Recuperación y comercio de residuos fuera de establecimiento permanente.646.1. Comercio al por menor de labores de tabaco de todas clases y formas en expendedurías generales, especiales e interiores.646.2. Comercio al por menor de labores de tabaco de todas clases y formas en extensiones transitorias de expendedurías generales.646.3. Comercio al por menor de labores de tabaco de todas clases y formas en expendedurías de carácter complementario.646.4. Comercio al por menor de labores de tabaco, realizado por establecimientos mercantiles, en régimen de autorizaciones de venta con recargo.646.5. Comercio al por menor de labores de tabaco, realizado a través de máquinas automáticas, en régimen de autorizaciones de venta con recargo.646.6. Comercio al por menor de tabacos de todas clases y formas, en localidades donde no esté estancada la venta.646.7. Comercio al por menor de labores de tabaco realizado por minusválidos físicos titulares de autorizaciones especiales.646.8. Comercio al por menor de artículos para fumadores.647.1. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor.647.5. Suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras.656. Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico.659.6. Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado, armas, cartuchería y artículos de pirotecnia.663.1. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de productos alimenticios, incluso bebidas y helados.663.4. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de artículos de droguería y cosméticos y de productos químicos en general.663.9. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de otras clases de mercancías n.c.o.p.664.1. Venta de toda clase de artículos diversos en régimen de expositores en depósito.664.9. Comercio al por menor de artículos diversos n.c.o.p. mediante aparatos automáticos, excepto alimentación, bebidas y tabaco.665. Comercio al por menor por correo o por catálogo de productos diversos.Equivalencia CNAE-2009
- 4726. Comercio al por menor de productos de tabaco en establecimientos especializados.- 4781. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en puestos de venta y en mercadillos.- 4791. Comercio al por menor por correspondencia o Internet.- 4799. Otro comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.Siguiente: 2025 CNAE 4727. Comercio al por menor de otros productos alimenticios.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.