Epígrafe. Grupo 024 Explotación de ganado caprino. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Grupo 024.  Explotación de ganado caprino.

Cuota de 0,210354 euros por cabeza.

    Nota común a la agrupación 02:

    Los animales nacidos en la explotación y hasta la edad de tres meses no se computarán en los grupos de esta agrupación, y su rendimiento se considera incluido en el asignado al ganado reproductor.

    Notas comunes a la división 0:

    1. A si el importe total de las cuotas correspondientes a las actividades clasificadas en esta división, ejercidas en la misma explotación, fuese inferior a 37,32 euros, el sujeto pasivo tributara por cuota cero.
    2. Cuando la actividad ganadera se ejerza en el régimen denominado "ganadería integrada", las cuotas correspondientes serán satisfechas por el "ganadero integrador" o dueño del ganado.
    3. A efectos de esta división se entenderá extensiva la explotación realizada con disposición total o parcial de una base territorial con aprovechamiento de pastos o prados para alimentar el ganado.



NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.



Correspondencia CNAE-2009



0145. Explotación de ganado ovino y caprino.


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