Epígrafe 964.2 Servicios de televisión. Actividades Empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 964.2 Servicios de televisión.

Cuota mínima municipal de :311,02 Euros
Cuota provincial de:1.555,12 Euros
Cuota nacional de:11.663,39 Euros
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Elaborar, crear, editar, emitir, difundir y producir programas y contenidos editoriales para canal de televisión, incluye la gestión y explotación de los espacios publicitarios siempre que estén destinadas a la producción y difusión de la propia programación y no sean realizadas para terceros.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Correspondencia CNAE-2009



5916. Actividades de producciones de programas de televisión.
5918. Actividades de distribución de programas de televisión.
6020. Actividades de programación y emisión de televisión.

Anexos


Grupo 964. Servicios de radiodifusión, televisión y servicios de enlace y transmisión de señales de televisión.

Jurisprudencia



- Consulta nº 8. IAE.Entidades Públicas de Radio y Televisión.

¿Tienes una duda? SuperContable te sacará de este apuro.

Accede al resto del contenido aquí

Siguiente: Epígrafe 964.3 Servicios de enlace y transmisión de señales de televisión. Actividades Empresariales. Tarifa del IAE.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos