Epígrafe 711.1 Transporte ferroviario de viajeros por vía normal. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 711.1. Transporte ferroviario de viajeros por vía normal.

Cuota Nacional de 16,485762  euros por cada km. de vía.

    Nota:

    Este grupo comprende el transporte ferroviario por vía de ancho normal (vía española de 1,674 m. o europea de 1,435 m.)  de personas y mercancías.


Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Reservar plazas y vender anticipadamente billetes, servicios combinados de enlaces, facturación y despacho de mercancías, servicios de reclamaciones, etc.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.



Correspondencia CNAE-2009



4910. Transporte interurbano de pasajeros por ferrocarril.
5221. Actividades anexas al transporte terrestre.

Anexos


Grupo 711. Transporte ferroviario por vía normal.

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