Epígrafe 491.1. Joyería.
Cuota de 27,370091 euros por cada kw.
Nota: Este epígrafe comprende el trabajo de piedras preciosas, semipreciosas y perlas (corte, tallado, pulido, etc.); acuñación de monedas; fabricación de joyas, orfebrería, cubertería, medallas y condecoraciones de metales preciosos, plata de ley o metales comunes chapados, así como la fabricación de piezas y accesorios de joyería.Anexos
Grupo 491. Joyería y bisutería.Siguiente: Epígrafe 491.2 Joyería. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.
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