2009 CNAE 0230.Recolección de productos silvestres, excepto madera.
- la recolección de productos forestales silvestres:
- setas, trufas
- bayas silvestres
- frutos secos
- balata y otras gomas similares al caucho
- corcho
- laca y resinas
- bálsamos naturales
- crin vegetal
- crin marina
- bellotas y castañas de indias
- musgos y líquenes
- la producción gestionada de cualquiera de estos productos (excepto el cultivo de alcornoques) (véase 01)
- el cultivo de setas o trufas (véase 01.13)
- el cultivo de bayas silvestres o frutos secos (véase 01.25)
- la recolección de madera para su uso como combustible (véase 02.20)
- la producción de astillas de madera (véase 16.10)
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Clasificación
- A. AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA.- 02. Silvicultura y explotación forestal.- 023. Recolección de productos silvestres, excepto madera.Equivalencia CNAE-2025
- 0230. Recolección de productos silvestres, excepto madera .Siguiente: Grupo 024. Servicios de apoyo a la silvicultura.
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