2025 SECCIÓN P. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA.
Para que una actividad pertenezca a esta sección, el estatus jurídico o institucional no constituye por sí solo el factor determinante. Se trata más bien de que el carácter de la actividad se haya especificado en el párrafo anterior. Es decir, que las actividades clasificadas en otros apartados de la CNAE no se incluyen en esta sección, aunque las desempeñen entidades públicas. Por ejemplo, la gestión del sistema escolar (normativa, control, planes de estudio) corresponde a esta sección, pero la enseñanza en sí no corresponde (véase la sección Q), mientras que los hospitales militares o penitenciarios se clasifican en la sanidad (véase la sección R). De forma parecida, algunas de las actividades incluidas en esta sección pueden realizarlas las unidades no gubernamentales.
Esta sección comprende también las actividades de Seguridad Social obligatoria.
Aquí encontramos:
- P. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).- Tarifa plana de autónomos que inician actividad.
- Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos.
- Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores.
- Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral.
- Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.
Equivalencia CNAE-2009
- O. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA.
- R. ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, RECREATIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO.
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