Ley 23/2015, de 21 de Julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
FICHA NORMATIVA | |
Fecha de Publicación: | 22/07/2015 |
Entrada en vigor: | 23/07/2015 |
Normas complementarias: | Real Decreto 138/2000 |
Última modificación: | --- |
Estado: | VIGENTE |
TÍTULO I: Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
CAPÍTULO I. Disposiciones generales.
Artículo 1. Definición y objeto del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.Artículo 2. Principios ordenadores del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.CAPÍTULO II. Personal del Sistema de Inspección.
Sección 1.ª Personal con funciones inspectoras.
Artículo 3. Funcionarios que lo integran.Artículo 4. Régimen jurídico.Artículo 5. Ingreso y provisión de puestos de los Cuerpos Nacionales del personal con funciones inspectoras.Artículo 6. Registro integrado del personal inspector.Sección 2.ª Personal técnico y administrativo.
Artículo 7. Personal técnico y administrativo.CAPÍTULO III. Derechos y deberes.
Artículo 8. Derechos.Artículo 9. Deberes y código de conducta.Artículo 10. Deber de sigilo e incompatibilidades.Artículo 11. Formación, promoción y participación en objetivos.TÍTULO II: Funcionamiento del Sistema.
CAPÍTULO I. De las funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 12. De la función inspectora.Artículo 13. Facultades de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social para el desempeño de sus competencias.Artículo 14. Funciones de los Subinspectores Laborales.Artículo 15. Garantías en el ejercicio de las funciones inspectoras.Artículo 16. Auxilio y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.Artículo 17. Colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.Artículo 18. De la colaboración con los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.CAPÍTULO II. De las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 19. Ámbito de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.Artículo 20. Normas generales, origen de las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y condición de interesado.Artículo 21. Modalidades y documentación de la actuación inspectora.Artículo 22. Medidas derivadas de la actividad inspectora.Artículo 23. Presunción de certeza de las comprobaciones inspectoras.Artículo 24. Información del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.TÍTULO III: Organización del Sistema.
CAPÍTULO I. Disposiciones generales.
Artículo 25. Cooperación y participación de las Administraciones Públicas.Artículo 26. Definición de los servicios y puestos de inspección.CAPÍTULO II. Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 27. Creación del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.Artículo 28. Estructura del Organismo Estatal.Artículo 29. El Consejo Rector.Artículo 30. El Consejo General.Artículo 31. El Director.Artículo 32. Estructura territorial del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.CAPÍTULO III. Cooperación autonómica.
Artículo 33. Autoridad Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.Artículo 34. Comisión Operativa Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.Artículo 35. Participación institucional.DISPOSICIONES ADICIONALES.
Disposición adicional primeraDisposición adicional segundaDisposición adicional terceraDisposición adicional cuartaDisposición adicional quintaDisposición adicional sextaDisposición adicional séptimaDisposición adicional octavaDisposición adicional novenaDisposición adicional décimaDISPOSICIONES TRANSITORIAS.
Disposición transitoria primeraDisposición transitoria segundaDisposición transitoria terceraDISPOSICIONES DEROGATORIAS.
Disposición derogatoria únicaDISPOSICIONES FINALES.
Disposición final primeraDisposición final segundaDisposición final terceraDisposición final cuartaComentarios
Análisis de la Ley de la Inspección de Trabajo y Seguridad SocialQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.