Rentas exentas IRPF. Prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada

RENTAS EXENTAS. Prestaciones para cuidados en el entorno familiar y asistencia personalizada.


    Caso establecido en el apartado x) del artículo 7 de la Ley 35/2006 de IRPF que señala como exentas "las prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada que se derivan de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia".


Legislación



Art. 7 Ley 35/2006 IRPF. Rentas exentas.

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