Artículo 65 Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto de la renta de las personas físicas

Normativa
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas

Artículo 65. Escala aplicable a los residentes en el extranjero.




   En el caso de los contribuyentes que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por concurrir alguna de las circunstancias a las que se refieren el apartado 2 del artículo 8 y el apartado 1 del artículo 10 de esta Ley, las escalas aplicables serán la establecida en el apartado 1 del artículo 63 y la siguiente:

Base liquidable HastaCuota ÍntegraResto base liquidable HastaTipo aplicable (%)
0,000,0012.450,009,50
12.450,001.182,757.750,0012,00
20.200,002.112,7515.000,0015,00
35.200,004.362,7524.800,0018,50
60.000,008.950,75En adelante22,50



NOTA: Redacción modificada por Ley 26/2014, de 27 de noviembre.
NOTA:Redacción dada por Ley 22/2009, de 18 de diciembre.

Comentarios



- Rentas pendientes de imputar.Fallecimiento.
- Escala residentes en extranjera.Estatal.

Redacción Anterior



- Redacción anterior artículo 65 anterior a Ley 26/2014

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