Amortizaciones en el Régimen de Estimación Directa Simplificada de IRPF.

ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA: AMORTIZACIONES.


    Las amortizaciones recogen el importe del deterioro de los bienes y derechos del inmovilizado material e intangible e inversiones inmobiliarias afectos a la actividad, siempre que el mismo responda a la depreciación efectiva que sufran los distintos elementos por funcionamiento, uso, disfrute u obsolescencia.

    Constituyen una de las partidas de gasto deducible en la determinación del resultado neto de la actividad económica; establecemos un apartado diferenciado del resto de gastos imputables para la obtención del rendimiento pues tienen una singularidad especial en función del método de cálculo.

    Así, mientras en el método de estimación directa normal se aplicarán las Tablas Oficiales recogidas en el artículo 12 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (LIS), en el método de estimación directa simplificada, la amortizaciones se practicarán de forma lineal, en función de la tabla de amortizaciones simplificada aprobada por Orden de 27 de marzo de 1998, que se reproduce a continuación:

GrupoDescripciónCoeficiente lineal máximoPeríodo máximo
1Edificios y otras construcciones3%68 años
2Instalaciones, mobiliario, enseres y resto del inmovilizado material10%20 años
3Maquinaria12%18 años
4Elementos de transporte16%14 años
5Equipos para tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos26%10 años
6Útiles y herramientas30%8 años
7Ganado vacuno, porcino, ovino y caprino16%14 años
8Ganado equino y frutales no cítricos8%25 años
9Frutales cítricos y viñedos4%50 años
10Olivar2%100 años
NOTA: Para los activos nuevos adquiridos entre el 01.01.2003 y 31.12.2004, los coeficientes de amortización lineales máximos aplicables son el resultado de multiplicar por 1,1 los señalados en el cuadro. Estos coeficientes así determinados resultan aplicables durante la vida útil de los activos nuevos adquiridos en el período antes indicado.


   Por ello, si bien todos los criterios y requisitos aplicables en el método de estimación directa normal serán aplicables para el método simplificado, la tabla utilizada para amortizar linealmente los inmovilizados materiales es diferente (como hemos podido comprobar).
   Las posibilidades que ofrece la normativa del Impuesto sobre Sociedades para la deducibilidad fiscal de esta partida vendrán dadas principalmente por lo establecido en el artículo 12 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (LIS) y el RD 634/2015 del Reglamento (RIS).

    Utilizando como fuente la normativa del Impuesto sobre Sociedades, podríamos distinguir algunas posibilidades a la hora de imputar el gasto fiscal por esta depreciación efectiva; a modo de ejemplo:

  1. Libertad de amortización con o sin mantenimiento de empleo.

  2. Libertad de amortización en 2013 y 2014.

  3. Amortización de bienes actualizados en actualización de balances.

  4. Libertad de amortización en empresas de reducida dimensión.

  5. Amortización acelerada del inmovilizado material, intangible o inversión inmobiliaria nuevo.

  6. Amortización elementos de inmovilizado material nuevos inferiores a 300 euros.

  7. Bienes usados.

Legislación



Art. 30 Ley 35/2006 LIRPF. Normas para la determinación del rendimiento neto en estimación directa.
DA. 30ª Ley 35/2006 LIRPF. Libertad de amortización en elementos nuevos del activo material fijo.


Jurisprudencia



Consulta Vinculante V1112-21. Deducibilidad del gasto de amortización de una "tablet".

ANEXOS

Siguiente: Disposición Adicional 42ª. Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas. Abono anticipado de deducciones.

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