Artículo 269. Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de Julio, texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital

Normativa
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de Julio, texto refundido de la Ley de Sociedades de capital

Artículo 269. Informe del auditor.




    Los auditores de cuentas emitirán un informe detallado sobre el resultado de su actuación de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas.

Ver redacción artículo 209 SA antiguo RD Legislativo 1564/1989.

Comentarios



Cuentas anuales: Modelos y límites.
Cuentas anuales: Plazos, sanciones y responsabilidades.

Legislación



Indice del Real Decreto Legislativo. 1/2010 de Sociedades de Capital

Siguiente: Artículo 270. Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de Julio, texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos