Artículo 18. Ley 32/2010, de 5 de agosto, protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

Normativa
Ley 32/2010, de 5 de agosto, protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos

Artículo 18. Infracciones.



Redacción válida hasta 1.01.16, según Real Decreto Legislativo 8/2015.

    En materia de infracciones y sanciones se estará a lo dispuesto en la presente Ley y en el Texto Refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Siguiente: Artículo 19. Ley 32/2010, de 5 de agosto, protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos