¿cómo se aplicará el sistema de tramos a un autónomo societario?
Ejemplo
Supongamos que D. JM Rubio, es un trabajador autónomo societario que por sus múltiples actividades agrícolas y ganaderas genera los siguientes ingresos y gastos medios:
- Ingresos mensuales medios = 5.800 euros
- Coste mensual de ejercer su actividad = 1.650 euros.
Cálculo de la base de cotización y de la cuota para años 2023, 2024 y 2025.
A los ingresos mensuales medios obtenidos habría que descontar los gastos mensuales que este trabajador necesita para ejercer su actividad:Ingresos mensuales medios | 5.800 Euros. |
Gastos y costes de la actividad | - 1.650 Euros. |
Total de ingresos menos gastos | 4.150 Euros. |
Total de ingresos menos gastos | 4.150 Euros. |
Deducción por gastos genéricos de difícil justificación (x 3%) | (4.150 x 0.03) |
Total de gastos genéricos de difícil justificación | 124,5 Euros. |
La cantidad resultante se resta a los ingresos menos los gastos de la siguiente manera:
Total de ingresos menos gastos | 4.150 Euros. |
Deducción por gastos genéricos | - 124,5 Euros. |
Rendimientos Netos mensuales | 4.025,5 Euros. |
Para los 4.025,5 euros de rendimientos netos mensuales que Don JM Rubio obtiene de la sociedad, se aplicará el décimotercer tramo de cotización (Desde 3.621 a 4.050 euros), que se encuadra dentro de los denominados "tramos superiores" por lo cual, tanto la base mínima de cotización como la cuota resultante será superior a la que le correspondería para el año 2022 para los autónomos societarios (1.234,86 euros de base y 377,87 euros de cuota). La representación gráfica del tramo sería la siguiente:
BASES DE COTIZACIÓN Y CUOTA APLICABLES DUTANTE EL PERIODO 2023, 2024 Y 2025 | ||||||
Rendimientos netos/mes | Base mínima cotización mensual 2023 | Cuota mensual 2023 | Base mínima cotización mensual 2024 | Cuota mensual 2024 | Base mínima cotización mensual 2025 | Cuota mensual 2025 |
Desde 3.621 a 4.050 euros | 1.274,51 | 397,65 | 1.307,19 | 409,15 | 1.601,31 | 502,81 |
Nota: para el cálculo de las cuotas de 2023, 2024 y 2025, se han aplicado respectivamente los tipos del 31.2, 31.3 y 31.4, considerando el incremento correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional -MEI- (0.6,0.7 y 0.8 para cada uno de los ejercicios). |
- Para 2023: 4.025,5 - 397,65 = 3.627,85 euros/mes
- Para 2024: 4.025,5 - 409,15 = 3.616,35 euros/mes
- Para 2025: 4.025,5 - 502,81 = 3.522,69 euros/mes
- Para 2023: 19,78 euros
- Para 2024: 31,28 euros
- Para 2025: 124,94 euros

Comentarios
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