¿cómo se aplicará el sistema de tramos a un autónomo persona física?
Tenga en cuenta que el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social, establece que durante el año 2026 la tabla general y la tabla reducida para las citadas personas trabajadoras serán las previstas en la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad, para el año 2025, no obstante, se actualiza la base máxima de los tramos 11 y 12 de acuerdo con el tope máximo de cotización previsto para el Régimen General de la Seguridad Social para el año 2026 que será de 5.101,20 euros.Ejemplo
D. JP Serrano, que trabaja como freelance de probador de aplicaciones web por cuenta propia, obtiene los siguientes ingresos, asumiendo estos gastos por el ejercicio de su actividad:
- Ingresos mensuales medios = 1.800 euros.
- Coste mensual por el ejercicio de su actividad = 740 euros.
Cálculo de la base de cotización y de la cuota para años 2024, 2025 y 2026.
A los ingresos mensuales medios obtenidos habría que descontar los gastos mensuales que este trabajador necesita para ejercer su actividad:| Total de ingresos | 1.800 Euros. |
| Gastos y costes de la actividad | - 740 Euros. |
| Total de ingresos menos gastos | 1.060 Euros. |
| Total de ingresos menos gastos | 1.060 Euros. |
| Deducción por gastos genéricos de difícil justificación (x 7%) | (1.060 x 0.07) |
| Total de gastos genéricos de difícil justificación | 74.2 Euros. |
La cantidad resultante se resta a los ingresos menos los gastos de la siguiente manera:
| Total de ingresos menos gastos | 1.060 Euros. |
| Deducción por gastos genéricos | - 74.2 Euros. |
| Rendimientos Netos mensuales | 985,8 Euros |
Para los 985,8 euros de rendimientos netos mensuales de este trabajador autónomo se aplicará el tercer tramo de cotización (901 a 1.125,90 euros), que se encuadra dentro de los denominados "tramos reducidos" por lo cual, tanto la base mínima de cotización como la cuota resultante será inferior a la que le correspondería para el año 2022 (960 euros de base y 294 euros de cuota). La representación gráfica del tramo sería la siguiente:
| BASES DE COTIZACIÓN Y CUOTA APLICABLE DUTANTE EL PERIODO 2024, 2025 y 2026 | ||||||
| Rendimientos netos/mes | Base mínima cotización mensual 2024 | Cuota mensual 2024 | Base mínima cotización mensual 2025 | Cuota mensual 2025 | Base mínima cotización mensual 2026 | Cuota mensual 2026 |
| Desde 901 a 1.166,70 euros | 872,55 | 273,11 | 849,67 | 266,80 | 849,67 | 267,65 |
| Nota: para el cálculo de las cuotas de 2024, 2025 y 2026, se han aplicado respectivamente los tipos del 31.3, 31.4 y 31.5, considerando el incremento correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional -MEI- (0.7,0.8 y 0.9 para cada uno de los ejercicios). | ||||||
- Para 2024: 985,8 - 273,11 = 712,69 euros/mes
- Para 2025: 985,8 - 266,80 = 719 euros/mes
- Para 2026: 985,8 - 280,39 = 718,15 euros/mes
Una de las novedades que planteó el Real Decreto-ley 13/2022 es el incremento en el número de veces que el autónomo puede cambiar su base de cotización hasta las 6 veces por año, con efectos desde 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre 1 de noviembre y 1 de enero del año siguiente. De este modo cada dos meses, en función de los rendimientos netos del trabajador, se podrá modificar la base y por consiguiente la cuota que se deberá aportar. Los cambios se comunicarán a la TGSS, al igual que los rendimientos netos anuales, vía electrónica a través del sistema ImportaSS.- Esquema para determinación del rendimiento en estimación objetiva (actividades agrícolas o ganaderas)
- Esquema para determinación del rendimiento en estimación objetiva (resto de actividades)
- Esquema para determinación del rendimiento en estimación directa normal
- Esquema para determinación del rendimiento en estimación directa simplificada
Comentarios
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Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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