TIPO DE GRAVAMEN DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
El tipo de gravamen o tipo impositivo es el % de los beneficios de nuestra sociedad que se destinan a la Administración Tributaria, después de realizar los ajustes de carácter fiscal y de deducir la base imponible negativa de ejercicios anteriores. Según la clase de sociedad estará gravada a un tipo u otro, como podemos observar en el artículo 29 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades. En el siguiente cuadro podemos observar los tipos impositivos existentes:SUJETOS PASIVOS | TIPOS | |
Tipo general | 25% | |
Entidades de nueva creación excepto que tributen a un tipo inferior (el primer período con BI positiva y el siguiente) | 15% | |
Empresas Reducida Dimensión (cifra negocio < 10M€), excepto que tributen a tipo diferente del general | 25% | |
| 25% | |
Sociedades cooperativas de crédito y cajas rurales | Resultado cooperativo | 25% |
Resultado extracooperativo | 30% | |
Cooperativas fiscalmente protegidas | Resultado cooperativo | 20% |
Resultado extracooperativo | 25% | |
Sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (SOCIMI) (Art. 9 Ley 11/2009) | En general | 0% |
Gravamen especial(dividendos distribuidos a socios con participación > 5% si están exentos o tributan a tipo inferior al 10% | 19% | |
Entidades sin fines lucrativos que sí cumplen Ley 49/2002 | 10% | |
Entidades de la Zona Especial Canaria (Art. 43 Ley 19/1994) | 4% | |
| 1% | |
Fondos de pensiones | 0% | |
Entidades dedicadas a exploración, investigación y explotación de yacimientos de hidrocarburos y otras actividades reguladas en Ley 34 /1998 | 30% | |
Entidades de crédito | 30% |
Caso Práctico Guiado - LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
En nuestro caso práctico habremos de aplicar el tipo de gravamen que corresponden a las entidades de reducida dimensión y que como hemos podido comprobar en la tabla anterior se corresponde con el porcentaje del 25 por ciento, coincidente con el tipo general.
Solución
ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO
RESULTADO DE LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS DEL EJERCICIO: 600.000 Euros | |
(+) Aumentos del Resultado Contable | + 118.700,00 Euros |
| |
(-) Disminuciones del Resultado Contable | - 294.988,76 Euros |
| |
BASE IMPONIBLE ANTES DE COMPENSACIÓN DE BASES IMPONIBLES NEGATIVAS: | 423.711,24 Euros |
(-) Reserva de Capitalización Art. 25 LIS | ----- |
(-) Bases Imponibles Negativas de ejercicios anteriores Art. 26 LIS | - 180.000,00 Euros |
(-) Reserva de Nivelación (sólo Pymes) Art. 105 LIS | ----- |
BASE IMPONIBLE: | 243.711,24 Euros |
(x) Tipo Impositivo | 25 % |
CUOTA ÍNTEGRA | 60.927,81 Euros |

Comentarios
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Art. 25 Ley 27/2014 LIS. Reserva de capitalizaciónArt. 26 Ley 27/2014 LIS. Compensación de bases imponibles negativas.Art. 29 Ley 27/2014 LIS. Tipo de gravamen.Art. 30 Ley 27/2014 LIS. Cuota íntegra.Art. 105 Ley 27/2014 LIS. Reserva de nivelación.DT 41ª Ley 27/2014 LIS. Disolución y liquidación de determinadas SICAV.¿Tienes una duda? SuperContable te sacará de este apuro.
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