Convenios de Doble Imposición Firmados por España
Algunas disposiciones de gran parte de los Convenios más abajo expuestos pueden haberse visto afectadas por el Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios (MLI), de 24 de noviembre de 2016, ( BOE-A-2021-21097). Por tal motivo, en cada país afectado incluimos, aparte del Convenio original, el texto sintético elaborado por el Ministerio de Hacienda para la aplicación de cada convenio en particular, donde en cada artículo afectado, en su caso, se incluye, enmarcado, el texto del Convenio Multilateral aplicable.- Albania
- Alemania
- Andorra
- Arabia Saudí
- Argelia
- Argentina
- Armenia
- Australia
- Austria
- Azerbaiyán
- Barbados
- Bélgica
- Bielorrusia
- Bolivia
- Bosnia y Herzegovina
- Brasil
- Bulgaria
- Cabo Verde
- Canadá
- Catar
- Chequia
- Chile
- China (y Hong Kong)
- Chipre
- Colombia
- Corea del Sur
- Costa Rica
- Croacia
- Cuba
- Dinamarca
- Ecuador
- Egipto
- Emiratos Árabes Unidos
- Eslovaquia
- Eslovenia
- Estados Unidos
- Estonia
- Filipinas
- Finlandia
- Francia
- Georgia
- Grecia
- Hungría
- India
- Indonesia
- Irán
- Irlanda
- Islandia
- Israel
- Italia
- Jamaica
- Japón
- Kazajstán
- Kuwait
- Letonia
- Lituania
- Luxemburgo
- Macedonia
- Malasia
- Malta
- Marruecos
- México
- Moldavia
- Nigeria
- Noruega
- Nueva Zelanda
- Omán
- Países Bajos
- Pakistan
- Panamá
- Paraguay
- Polonia
- Portugal
- Reino Unido
- República Dominicana
- Rumanía
- Federación Rusa
- El Salvador
- Senegal
- Serbia
- Singapur
- Sudáfrica
- Suecia
- Suiza
- Tailandia
- Trinidad y Tobago
- Túnez
- Turquía
- Estados de la antigüa URSS (excepto Rusia)
- Uruguay
- Uzbekistán
- Venezuela
- Vietnam
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