Gastos no deducibles. Multas y Sanciones

GASTOS NO DEDUCIBLES. MULTAS Y SANCIONES.



    Es el artículo 15.c) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuestos sobre sociedades, el que establece que NO SERÁN DEDUCIBLES, "las multas y sanciones penales y administrativas, los recargos del período ejecutivo y el recargo por declaración extemporánea sin requerimiento previo".


Legislación



Artículo 15 Ley 27/2014 de la LIS. Gastos no deducibles


Jurisprudencia



Consulta Vinculante V0501-20 DGT. Indemnización multa por sanción de la que no es culpable.
Resolución 02036/2017 TEAC. Importes mín y máx de sanción por entregar info incompleta o errónea.


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