Gastos deducibles / Gastos no deducibles. Liquidación del Impuesto sobre Sociedades

Gastos Deducibles VS Gastos No Deducibles



    Existen una serie de gastos, principalmente aquellos recogidos en el artículo 15 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (LIS), que NO serán deducibles en el impuesto o lo serán pero con ciertas limitaciones.

    Así, en el caso práctico guiado que desarrolla la liquidación del Impuesto sobre Sociedades, habremos de distinguir entre los gastos imputados contablemente, aquellos que son deducibles de acuerdo a la normativa del impuesto y cuales no lo son; realizando el correspondiente ajuste extracontable cuando corresponda.

Caso Práctico Guiado

    La empresa ha contabilizado las siguientes partidas:
  1. Gastos por regalos de agendas en Navidad a clientes y proveedores, 6.000 Euros.

  2. Multa de tráfico impuesta a un empleado que circulaba con un vehículo de la empresa para realizar gestiones de trabajo, 300 Euros.

  3. Recargo por presentación fuera de plazo de la declaración de retenciones (mod. 111) del segundo trimestre del ejercicio, 250 Euros.

  4. Comidas realizadas con clientes y proveedores, 3.500 Euros.

  5. 20 abonos del trofeo veraniego de fútbol de la localidad donde reside, así como 40 abonos para los festejos taurinos que se celebran durante la semana de fiestas de dicha localidad, que regala a los clientes de la entidad, 7.000 Euros.

  6. Gastos en los que los accionistas mayoritarios han incurrido en la romería de la localidad que han sido considerados como gastos por relaciones públicas en la medida en que se han cursado invitaciones a ciertos clientes y proveedores, 4.000 Euros.

  7. Los gastos derivados de la fiesta anual que se celebra en Navidad para el personal son de 6.000 Euros.

  8. Diversos presentes que se han regalado a dos trabajadores que se jubilaron durante el ejercicio, 300 Euros.

  9. Financiación de una zarzuela compuesta por un autor nobel de la ciudad, que se estrenó en el teatro municipal de la misma. Tanto en los carteles anunciadores como en las entradas, aparecían logotipos de todas las entidades y personas que habían colaborado para que las funciones pudieran celebrarse, 5.000 Euros.

Solución

    La siguiente tabla nos indica la deducibilidad o no de las anteriores partidas:
PartidaAclaraciónDeducibleArtículo LISContabilidadFiscalidadAjuste
a.(1)15.e)6.0006.0000
b.--NO15.c)3000+ 300
c.--NO15.c)2500+ 250
d.(2)15.e)3.5003.5000
e.(3)15.e)7.0007.0000
f.(4)15.e)4.0004.0000
g.(5)15.e)6.0006.0000
h.(6)15.e)3003000
i.(7)15.e)5.0005.0000
  1. (1): Reconocido como gasto por relaciones públicas con clientes o proveedores, con límite del 1% del importe neto de la cifra de negocios. Aquí no superado.
  2. (2): Gasto reconocido como relaciones públicas con clientes y proveedores, con límite del 1% del importe neto de la cifra de negocios. Aquí no superado.
  3. (3): Gasto reconocido como relaciones públicas con clientes y proveedores, con límite del 1% del importe neto de la cifra de negocios. Aquí no superado.
  4. (4): Gasto reconocido como relaciones públicas con clientes y proveedores, con límite del 1% del importe neto de la cifra de negocios. Aquí no superado.
  5. (5): Gastos reconocido como usos y costumbres al personal de la empresa.
  6. (6): Gastos reconocido como usos y constumbres al personal de la empresa.
  7. (7): Gastos reconocido como patrocinio.
ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO
RESULTADO DE LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS DEL EJERCICIO: 600.000 Euros
(+) Aumentos del Resultado Contable + 1.550,00 Euros
  1. Maquinaria Usada:     + 1.000,00 Euros
  2. Gastos extraordinarios: + 550,00 Euros
(-) Disminuciones del Resultado Contable- 294.641,34 Euros
  1. Ordenador:             - 132,81 Euros
  2. Local Comercial:   - 284.008,53 Euros
  3. Maquinaria variada: - 10.500,00 Euros
BASE IMPONIBLE ANTES DE COMPENSACIÓN DE BASES IMPONIBLES NEGATIVAS:306.908,66 Euros



Mod200


Mod200


    El caso continúa en el siguiente enlace de deterioros

Comentarios



Gastos deducibles en el IS
Gastos NO deducibles en el IS

Legislación



Art. 15 LIS Ley 27/2014. Gastos no deducibles.



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