Disposición final única Reglamento del Impuesto Complementario

Normativa
Reglamento del Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición

Disposición final única. Habilitaciones a la persona titular del Ministerio de Hacienda.


    Se habilita a la persona titular del Ministerio de Hacienda para:

    a) Aprobar los modelos de comunicación, declaración informativa y autoliquidación por este Impuesto y determinar los lugares y forma de presentación de los mismos.

    b) Establecer los documentos o justificantes que deban acompañar a la comunicación, declaración informativa y autoliquidación.


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