Casilla 1817. Modelo 200. Gastos derivados de la extinción de la relación laboral o mercantil.

200 CASILLA 1817. MODELO 200. GASTOS DERIVADOS DE LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL O MERCANTIL


Recuerde que:

    En el caso en el que los registros contables de los gastos difieran de los criterios establecidos en la normativa fiscal se deberá realizar un ajuste de la base imponible (Ver Ejemplo), tal y como se expresa en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

    En esta clave se deberán consignar los importes de gastos NO deducibles que tengan naturaleza de gastos por extinción de relación laboral o mercantil, tal y como se especifica en el artículo 15.i de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y que representarán un aumento de la Base Imponible en el período impositivo en el que se hayan registrado como gasto. En aquellos casos en los que el gasto contable que se pueda imputar la empresa en el período sea superior al gasto fiscal imputable, se deberá realizar un aumento de la base imponible. En caso de que sea el gasto contable menor que el gasto fiscal, se deberá realizar una disminución tal y como vemos de manera gráfica.

Criterio Contable/FiscalIncidencia en Resultado ContableAjuste Extracontable
Gasto Contable  >  Gasto FiscalAumentoPositivo (+)
Gasto Contable  <  Gasto FiscalDisminuciónNegativo (-)

Ejemplo

    La empresa JHVGI despidió a su máximo directivo, obteniéndose un gasto total por la extinción de contrato de 1.074.230 Euros

Solución

Registro ContableFiscalidadAjuste ExtracontableModelo 200 de IS
1.074.230 Euros1.000.000 Euros74.230 EurosCasilla 1817

Cas1817

    Una vez que seleccionamos la pestaña para rellenar el ajuste en la casilla 1817, nos aparecerá una ventana en la que tendremos que diferenciar la corrección en función de si es permanente o temporaria y, en caso de ésta última, si es una corrección con origen en el ejercicio presente, o si se generó la reversión en ejercicios pasados.

Ej1817

    Por último, habrá que reflejar la corrección en el cuadro detalle de las correcciones de la cuenta de pérdidas y ganancias, que se encuentra a partir de la página 26.bis

Ej1817


Comentarios



Ajustes Extracontables. Gastos derivados de la extinción de la relación laboral o mercantil

Art. 15 Ley 27/2014 LIS. Gastos no deducibles.

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