Casilla 1814. Modelo 200. Deuda tributaria por actos jurídicos documentados.

200 CASILLA 1814. MODELO 200. DEUDA TRIBUTARIA POR ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS


Recuerde que:

    En el caso en el que los registros contables de los gastos difieran de los criterios establecidos en la normativa fiscal se deberá realizar un ajuste de la base imponible (Ver Ejemplo), tal y como se expresa en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
    En esta clave se deberá consignar los ingresos que se hayan podido generar por la firma y tramitación de actos jurídicos documentados, tal y como se expresa en el apartado m del artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y que representarán una disminución de la Base Imponible en el período impositivo en el que se haya registrado como ingreso.

    En aquellos casos en los que el gasto contable que se pueda imputar la empresa en el período sea superior al gasto fiscal imputable, se deberá realizar un aumento de la base imponible. En caso de que sea el gasto contable menor que el gasto fiscal, se deberá realizar una disminución tal y como vemos de manera gráfica.
Criterio Contable/FiscalIncidencia en Resultado ContableAjuste Extracontable
Gasto Contable  >  Gasto FiscalAumentoPositivo (+)
Gasto Contable  <  Gasto FiscalDisminuciónNegativo (-)



200Instrucciones


Casilla 1813 modelo 200.Aumentos de la BI.


Comentarios



Ajustes Extracontables. Deuda tributaria por actos jurídicos documentados

Legislación



Art. 15 Ley 27/2014 LIS. Gastos no deducibles.

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