Rentas Exentas en el IRPF. Indemnizaciones para compensar la privación de libertad en centro penitenciarios.

RENTAS EXENTAS. Indemnizaciones para compensar la privación de libertad.



    Este es el caso establecido en el apartado u) del artículo 7 de la LIRPF que señala como exentas "las indemnizaciones previstas en la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas para compensar la privación de libertad en establecimientos penitenciarios como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía".

Legislación



Art. 7 Ley 35/2006 IRPF. Rentas exentas.

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