Planes de Ahorro a largo plazo (PALP). Rendimientos de capital mobiliario en IRPF.

Rendimientos de capital Mobiliario.
PLANES y SEGUROS DE AHORRO A LARGO PLAZO (PALP y SIALP) .



    Es una nueva figura (contrato) que articula la Disposición Adicional 26ª de la LIRPF, consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, que tendrá su vigencia a partir de 2015 comercializada por entidades de seguros (Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo SIALP) o entidades financieras (Cuentas Individuales de Ahorro a Largo Plazo CIALP), en los que el contribuyente puede aportar un máximo anual de 5.000 euros/año, que solo puede rescatar en forma de capital y de los que se le garantiza recuperar, como mínimo, el 85% de las aportaciones realizadas.

    Además, sus aspectos más significativos pueden ser:

  1. En el caso de los SIALP, no pueden cubrir contingencias distintas de supervivencia o fallecimiento. El contribuyente es contratante, asegurado y beneficiario, salvo fallecimiento.

  2. Un contribuyente sólo podrá ser titular de forma simultánea de un Plan de Ahorro a Largo Plazo.

  3. La permanencia será de 5 años.

  4. Los rendimientos obtenidos (si se cumplen los requisitos requeridos en la norma) estarán exentos de tributación, siendo la rentabilidad exenta toda la que se produzca a lo largo de la vida del producto financiero, si se cumplen condiciones y se rescata en forma de capital.

  5. Los rendimientos que generan los depósitos y los contratos financieros obligatoriamente se integrarán en la Cuenta Individual, y no computarán a efectos de este límite.

  6. En caso de perder la exención su tributación se hará como capital mobiliario, y se hará en ese momento de todos los rendimientos positivos obtenidos desde la apertura del Plan, con práctica de retenciones.

  7. Los rendimientos del capital mobiliario negativos que pudieran obtenerse durante la vigencia o extinción del Plan, se imputarán al período impositivo en que se produzca dicha extinción y únicamente en la parte del importe total de dichos rendimientos negativos que exceda de la suma de los rendimientos del mismo Plan a los que hubiera resultado de aplicación la exención.

  8. Los planes sólo pueden hacerse efectivos por el total en forma de capital. Por tanto nunca en forma de rentas, ni reintegros parciales. En los Seguros Individuales de Ahorro, no se considera que se efectúan disposiciones cuando llegado su vencimiento, la entidad aseguradora destine, por orden del contribuyente, el importe íntegro de la prestación a un nuevo Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo contratado por el contribuyente con la misma entidad.

  9. Reglamentariamente se contemplará la movilización íntegra de los derechos económicos de seguros individuales de ahorro a largo plazo y de los fondos constituidos en cuentas individuales de ahorro a largo plazo, sin que ello implique la disposición de los recursos.

    En cuanto a la tributación si bien están calificados como rendimientos capital mobiliario, distinguiremos: (no olvidemos que de acuerdo con el artículo 7.ñ) de la LIRPF si se cumplen los requisitos anteriormente establecidos, estarán exentos los rendimientos positivos de capital mobiliario)
  1. Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo (SIALP).- Rendimientos procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez (artículo 25.3 LIRPF)

  2. Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo y sus siglas (CIALP).- Rendimientos procedentes de la cesión a terceros de capitales propios (artículo 25.2 LIRPF)


El titular de un Plan de Ahorro a Largo Plazo podrá movilizar íntegramente los derechos económicos sin pérdida del beneficio fiscal de la exención de los rendimientos de capital mobiliario positivos, siempre que la movilización cumpla determinados requisitos que establece la disposición adicional octava del RIRPF.


Legislación



Art. 25 Ley 35/2006 LIRPF. Rendimientos íntegros del capital mobiliario
DA. 8ª RD 439/2007 RIRPF. Movilización entre Planes de Ahorro a Largo Plazo.
DA. 26ª Ley 35/2006 LIRPF. Planes de Ahorro a Largo Plazo.

Siguiente: Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS). Tributación en IRPF. Comparativa con Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados.

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