Obligación de llevanza de libro registro de bienes de inversión en IRPF. Estimación objetiva.

LIBRO REGISTRO DE BIENES DE INVERSIÓN. ESTIMACIÓN OBJETIVA.




    El artículo 68 del Reglamento del Impuesto sobre las Personas Físicas, establece en su apartado 6 la obligación de los contribuyentes, cuyo rendimiento se determina por estimación objetiva, de conservación y llevanza de libro registro de bienes de inversión solo cuando de estos bienes se deduzcan amortizaciones, de acuerdo con el artículo 7 de la Orden HAC/773/2019, de 28 de junio. Entre sus obligaciones se encuentran además, la llevanza y conservación del libro de registro de ventas e ingresos.

    Este libro recoge todos los bienes patrimoniales afectos a la actividad económica realizada. Deben reflejarse de forma clara, exacta y en orden cronológico. Además, en base al artículo 4 de la Orden HAC/773/2019, de 28 de junio deberán contener:
  1. Todos los elementos patrimoniales afectos a la actividad y debidamente individualizados.
  2. Datos de cada uno de los bienes afectos que permitan identificar facturas y documentos de aduanas de los mismos.
  3. Por cada bien individualizado se anotará:
    • Número de factura (o de importación) y número de documento aduanero. En defecto de todos los anteriores se anotará el número de recepción.
    • Fecha en la que el elemento está activo.
    • Descripción del bien que permita su identificación.
    • Nombre y apellidos, razón social (o denominación completa) y número de identificación fiscal del proveedor.
    • Valor de adquisición y valor amortizable.
    • Método de amortización.
    • Porcentaje de amortizacion de cada periodo y cuota de la amortización resultante.
    • Amortización acumulada.

Recuerde que:

También se harán constar la baja del bien o derecho con expresión de su fecha y motivo. Así como su transmisión en la que se anotarán los datos necesarios para la identificación de la operación.
    Si la llevanza de este libro se realiza a través de medios electrónicos, se deberán conservar estos documentos acreditativos. Además la Agencia Tributaria permite importar el archivo Excel (Formato libro registro) en el programa de Renta WEB para cumplimentar las casillas correspondientes en la declaración. NOTA: Esta importación de datos no supone la conservación de los mismo, no olvide conservar los archivos. También se deben conservar los documentos acreditativos de estas operaciones para un posible requerimiento.


Legislación



Art. 68 RD 439/2007 LIRPF. Obligaciones formales, contables y registrales.
Art. 4 Orden HAC. 773/2019 LIRPF. Libro registro de bienes de inversión.
Art. 7 Orden HAC. 773/2019 LIRPF. Libros registros en actividades empresariales cuyo rendimiento se determine mediante el método de estimación objetiva.

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- Esquema Estimación Objetiva
- Obligación de llevanza de libro de registro de ventas e ingresos




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