Índice corrector Régimen Estimación Objetiva IRPF. Actividad de transporte por autotaxi.

Índice Corrector: Actividad de Transporte por Autotaxi.


Población de MunicipioÍndice
  1. Hasta 2.000 habitantes
  2. De 2.001 hasta 10.000 habitantes
  3. De 10.001 hasta 50.000 habitantes
  4. De 50.001 hasta 100.000 habitantes
  5. Más de 100.000 habitantes
  1. 0,75
  2. 0,80
  3. 0,85
  4. 0,90
  5. 1,00

    Se aplicará el índice que corresponda al municipio en el que se desarrolla la actividad.

    Cuando por ejercerse la actividad en varios municipios, exista la posibilidad de aplicar más de uno de los índices anteriores, se aplicará un único índice: el correspondiente al municipio de mayor población.

Para esta actividad, no será aplicable en ningún caso el índice corrector para empresas de reducida dimensión.


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Esquema para la determinación del Rendimiento neto de Actividades en Régimen de Estimación Objetiva del IRPF

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